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FIDEL DE PAMPLONA blar el legislador eclesiástico, pues en las recientes normas sobre la vigi– lia pascool! ol."dena que por "virgilia pascuaill" se entiende "vigilia paschalis instaurata, nocturno scilicet tempore celebranda" (133). La función ten– drá que iniciarse' en las parroquias a más tardar de diez y media a once, pues se manda que la misa se comience •'circa mediam noctem" o "post mediam noctem" (134). Con todo, no nos opondríamos, exigiéndolo así la necesidad, a la opi– nión más amplia, que admite como vespertina la misa de las onrce de la noche o más tarde, con tal de que la comunión se distribuya antes de las doce (135). No puede admitirse como misa vespertina la celehrada a medianoche el Sáhado Santo (136) u otro día. Ambos documentos no dan margen para ello. La palabra latina "vespertinis" ( 137) la excluye; la Instrucción habla de celebrar la misa "post meridiem", "pome'ridianis horis" (138), y distingue entre "mane" y "vespere" (139). La Constitución y la Ins– trucción suponen qu,e en la misa vespertina no se puede· comulgar si ya se ha recí:bridb e[ Cuerrpo del Señor a la mañana ( 140); luego la misa ves– pertina viene después de la matutina, no viceversa, · como sucedería ie admitir la sentencia contraria que impugnamos. De hecho, objetivamente, la misa celebrada a las doce de la noche no puede pertenecer al día anterior, pues ha comenzado ya otro. Que füúr– gica y canónicamente sea así, ampliamente lo comprueban las normas que rigen la mis<l} nocturna del Sábado Santo: los fieles pueden comulgar en ella, aunque lo hayan hecho por la mañana de'l sábado, no pueden repe . tirla el día de Resu.rreoción y no están obligados a oír otra misa el do– mingo ; normas opuestas a las que establece para cuando se cel 1 ebra la vigilia pascual a las ocho de la tarde: los fie'les no pueden comulgar a la mañana y deben oír otra. misa (141). b) Quién puede concederlas.-Estas misas vespertinas pueden con– cederlas sólo los Ordinarios de los lugares. Lo dice expresamente el Papa y el Santo Oficio, a mayor abundamiento, tiene cuidado de remitir al ca- (ta.3') A. A, S., 4;4 fi\!52), 50. (13i4) JJbld., 1pp. 50 s., M. {1:3i5) BRIDE, p. ;211[2. (136) iREGATILLO, p. 172. (13"7) Constitutio, n. 6, ,p. 23; Instructio, n. 16, ,p. 50. (1318) lnstructio, nn. 12 s., ¡p. 50. (130) Id., n. 1'4, ·p. 150. (140) Constitutio, n. 6, p.. 23; Instructio, n. 14, p. 50. {•U1) A. A. S,, 44, (,Hl'5:2), 51. - 52 -

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