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FIDEL DE PAMPLONA Dioec. ", l. 6, ~- 8, n. rn). Hacia finares del siglo 1v se establecía ya en varios concilios que observaran el ayuno quienes defüeran ce'lebrar el sa– ~i'ficio eucarístico. En el año 393, d Concilio de Hipona decretó: "No se celebre el sacramento de'l Altar sino por persona en ayunas" (Concilio de Hipona, canon 28: Mansi, III, 923). Este precepto se promulgó poco después, en el año 397, ieon fas miSimas palabras, por et ILI Concilio de Cartago (Con 1 qifü> III die Carta:go, canon 29; Manisi, III, 885),; a princi– pios del siglo v esta costumbre' podia citarse como bastante común e in– memorial, por lo cual San Agustín afirma que la Santísima Eucaristía es · recibida siempre ,por ,personas en ayunas, y éste: es uso universal (cfr. San Agustín, E!p. LIV, ad Tan., e~ VI: Migne, PL, XXXIII, 203). Sin duda esta práctica se apoyaba en razones gravísimas, entre' la~ cuales puede recordarse, ante todo, lo que d ApóstoF de las Gentes lamen– taba a propósito del ágape de' los cristianos (~fr. 1, Cor. u, 21 ss'.). La abstinencia, en efecto, de comida y de bebida se debe a la. sunia reveren– cia que debemos prestar a la maje'stad suprema de Jesucristo cuando le recibimos bajo las· especies eucarísticas. Además, recibiendo su Cuertpo y su, Sangre preciosisimos antes que otro alimento cualquiera, demostra– mos daramente que El es ,el ¡primero y supremo alimento, sustento de nuestras· altnas y acrecentamiento de la santidad. Por lo cual advierte San Agustín: 1 ' Agrada aF Espíritu Santo que, para honor de. tan gi,rande sa– cramento, el Cuerpo del Señor entre en la boca. del- cristiano antes qua otro alimento cualiquiera" (San A(gustín, l. c.).. Además, este ayuno no constituye sólo un obligado tributo de honor al Redentor divino, sino que fomenta también la piedad y puede así con– tribu,ir a aumentar los salubérrimos frutos de sántidad que Jesuttisto, fuente y autor de todo bien, nos pide que produzcamos con la ayuda .de la gracia. Por lo demlás, todos saben por experiencia que, según las mismas le– yes de la naturaleza humana, cuando d cuerpo no está gravado por lo~ alimentos, la mente se halla: más ágil y se aplica con mayor eficacia a me– ditar sobre aquel inefable y sub~ime mistério que se, realiza en el espíritu como en un templo, acreciendo el amor divino. Que la Iglesia ha tenido en gran estima la observancia del ayuno euca– rístico, se deldu,ce tamlbién de Jas graves ¡penas impuestas a quienes lo vio– laban. En efecto: d VII .Concilio de, Toledo (a. 646} conminó excomunión_ a ,quien celebrara sin estar en ayunas los sagrados misterios (Concilio VII de Toledo, can. II; Mansi, X, 768; en el año 572, d III ·Concilio de Bra– ga (Concilio de Braiga, III, can. rn: Mansi, IX, 841), y en el 585, el II

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