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NUEVA DISC!PUNA SOBRE EL AYUNO EUCAR!ST!CO Este criterio no puede admitirse en el ayuno eucarístico, por haberlo restring,ido el Santo Oficio, declarando auténticamente que el agua ootu– ,ral que se p1.rede tomar antes de comullgar es aquella a la que no se ha añadido ningún otro elemento (59). Conjugando los dos principios, el del canon y el de la Instruoción, e interpretando rectamente las palabras del Dicasterio romano pueden es– tablecerse las siguientes conclusiones : I. Es agua natural, que no quebranta el ayuno: a) El agua que brinda la naturale:ia, de cualquier género que sea, aun cuando contenga otros elementos aparte de la fórmula dentífica y aµn cuando quimicamente no se denomine agua, siempre que el común sentir • la tenga por tal. b) El agua pura obtenida por intervención del hMibre. En este punto hay que s,eguir criterio opUJesto a. la explicación del canon 815, § 2,, que prescribe para la ce:1e:bración de la misa vino natural, no entendiéndose por tal el obtenido químicamente, aunque lleve todos y solos los elementos del vino (59 1 ). Tiene que ser de vid, como el que: empleó Jesucristo. Esta razión no vale para el agua natural. · c) El agua purificada de la abundancia de sales, hierro, etc., por la industria dd homll:i,re mediante polvos, reactivos ... , que la dejan más pura y saluda.ble (60}. z. No es agua natural y, por lo tanto, rompe el ayuno: El agua que no cumpfa ninguno de los tres requisitos anteriores; por ejemplo: agua con sal, azúcar, zumo de naranjas, bicarbonato, etc., com– puestas así por la industria del hombre. IV. PRINCIPIOS PARTICULARES En la Constitutión aparecen después de estos dos principios generales cuatro series de prescripciones, que procuraremos comentar con la'"' mayor ,. claridad posible, a ,pesar de las dificultades que ellas a veces entrañan : l'as vol. VIJI !Taur!nl, 1940), n .. 56, p. 60; RE!'!ATILLO: Ius Sa<Jramentarium, vol. I, ,n. 3,4, rp, 28; NOLDIN: De Sacramentis, ed. 26, n. 58, pp. 56 ~- (59) Instructio, p. 47. (5·91) ·CAPPELLO: o. c., n. 2157, p. 2311; MlATTHiAEUS A CORONATA: o. c., n. 21'1, p•. 167. (60) iA:s;f, más .o menos e~plJcitamem.te, aun c11a;i1Jdo el segundo caso lo colll!Meren pocos¡ PEINADOR, p. sg; BRIDE,. p1p. 2012 s.; GioRDóN, p. 21315; F. J. CONNEU., c. SS. R.: Comentario l1i ta Constitución y a lp, InBtrucci6n, sobre el Ayuno Eururílittoo, en ",Clhrls•tus", 1,s (1958:), ~2,S; Rm– lATILLO, 163 1; FANFANI, ,p, Hi8 '(no flldmlte el apartado ·b); ÜRMAZÁBAL, p .. 1'1; ANTOÑANA, pp. 85 s. - 31 -

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