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Legislación Capuchina 283 debe ser considerado como uno de los mejores escritos por capuchi– nos, superior a todos los aparecidos en los siglos XIX y XX. La pano– rámica ofrecida en la introducción general sobre las declaraciones ~ pontificias, autoridades legislativas de la orden e interpretaciones doctrinales de la regla, no había sido lograda antes de él por ningún intérprete ni la ha alcanzado después. Deseoso de volver al antiguo 1!' franciscanismo en su línea más pura y estricta y llevado de un impulso excesivo al proponer sus opiniones, perdió el necesario equi– librio en el enjuiciamiento de personas y de documentos. Y la expo– sición peca de claro extremismo en puntos tan vitales como el de la pobreza en todas sus manifestaciones 152 • Presentada por los supe– riores generales de la orden a la sagrada congregación del Indice, fue condenada por decreto del 14 de junio de 1895, tanto en su versión latina cuanto enla francesa; el autor se sometió al mismo 153 • Hacia 1930 se extendió por algunas provincias de la orden un folletito manuscrito, atribuido al ya entonces renombrado canonista capuchino Mateo de Coronata (t1961), autor de numerosas obras 154 • En él se estudia el valor jurídico de una concesión hecha el 2 de junio de 1603 y cuya substancia es la siguiente: la regla franciscana contiene, además de los tres votos religiosos fundamentales, algunos preceptos, distribuidos en cuatro clases, según tiendan a interpretar los votos, se refieran especialmente a los superiores, se dirijan a todos los religiosos en forma absoluta y obligatoria, o, finalmente, se pro– pongan a éstos, pero en forma condicionada. Cuatro son los que pertenecen a la última especie: número de vestidos, calzado, ayuno y el no cabalgar. Clemente VIII, a requerimiento de Francisco de Sosa, ministro general de la observancia, concede que, en adelante, estos cuatro preceptos no obliguen a pecado, in foro conscientiae Exposition de la regle de S. Fran9ois d'Assise avec l'histoire de la pauvreté, Fribourg 1872. La edición francesa no es simple traducción de la latina; es más bien un compendio muy amplio de la misma. 152 La segunda parte de la exposición tiene como objeto el estudio de la po– breza franciscana, y ocupa más de la mitad de la extensa obra. 153 Véase el decreto en Analecta ordinis minorum capuccinorum 11 (1895) 204-206. En Analecta, l.c., p. 77 puede verse la condenación de otro trabajo escrito por este a'.ltor. 154 Anotarnos las principales: Institutiones iuris canonici (5 vol., cinco edi– ciones); De sacramentis (3 vol., tres ediciones); Compendium iuris caninici (3 vol., seis ediciones); Ius publicum ecclesiasticum (tres ediciones). Sobre su vida y obras véanse: Analecta ordinis fratrum minorum capuccinorum 77 (1961) 426s.; L'Osservatore Romano, 22-23 enero 1962, p. 6; Padre Santo (Genova) 51 (1962) n. 1, p. 2-7.
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