BCCCAP00000000000000000001293
DE ORGANISTAS y ORGANEROS EN NAVARRA EN EL SIGLO XVII El oficio de organista solía ir confiado con frecuencia al maestro de escue.la que ejercía ambos menesteres; otras veces un «mediobeneficiado» de la iglesia tañía el órgano, cargo que iba anejo al «medio beneficio»; en otras ocasiones a los beneficios ausentes se les retenía parte de sus emolu– mentos y con ello se pensionaba al organista. Estas diversas circunstancias y las incidencias a que dieron lugar han hecho que llegaran a nosotros mu– chos nombres relacionados con la música. Los primeros «organistas de pueblo» que voy a dar a conocer son del siglo anterior, pero no puedo permitir el lujo de dejarlos más tiempo en el olvido, a la espera de que la fortuna nos depare más nombres. Carlos Ochoa o Urroz (1548) El primer documento con que nos encontramos es un pleito que inter– pone este organista contra el cabildo de Urroz Villa. 5 Desconocemos la razón del doble apellido; en la petición que hace Martín de Verrobi pro– curador del organista se le apellida, dos veces, Urroz, mientras que en el otorgamiento de poderes hecho por los acusados, se le llama Carlos Ochoa. Los acusados son Pedro Pascoal, Martin Buruzuri «bachilleres y uicarios de la villa de urroz» y don Joaquin de Beroqui, don Sancho Elias y don Joan Cemborain y don Martín Lartangoz « todos veneficiados en la iglessia parrochial de la dha villa». Carlos Urroz u Ochoa había prestado servicio en la iglesia tocando el órgano durante 14 años. Ahora bien se nombraron, al principio, dos comisarios, Pedro Reman de Monreal canónigo y Fran– cisco de Aguirre ciudadano de Pamplona, para que en nombre del canónigo hospitaleró Martín de Aguirre, entonces vicario general, determinasen el salario que debía recibir Urroz. Según la primera sentencia «mandaron los dhos comisarios que los que tenían / e/ tubieren cargo o la distribucion de!a primica dela dicha yglesia obiessen de dar y pagar al dho don Carlos orga– nista por los trabajos e seruicios que fasta el día dela dha declarado hizo que fue a siete días del mes de septiembre del año de mil quintos y quarenta y siete, quatro cayces de trigo, y por los trabajos que deoy en adelante tubiese por cada un año otros quatro cayces de trigo pagaderos el día, e, fiesta de santa maria de septiembre en cada un año»; 6 como aparece en la reclamación del procurador, parece que el equivalente de estos cuatro caíces de trigo eran cuatro ducados de oro, por año. Urroz recibió la paga de los dos primeros años, pero no la de los doce restantes, por ello la reclama por vía judicial, y el vicario sentencia que habiendo sido rogados muchas veces [3] 5 ADP C/ 45, núm. 9. 6 Ibídem, fol. 1. 509
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz