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CLAUDIO ZuoAIRE HuAR'I'.E sin que sea visto darle ningun derecho al suplicante por lo que exceda la tasacion de los mil ducados en que se concerto la obra al principio... ». Este decreto es de 1653, y la escritura era de 1642; en esta ocasión la ventaja que obtuvo cobrando los 600 primeros ducados inmediatamente, quedó descom– pensada por la demora en cobrar el resto. En Lodosa se excusaban para no pagar en el especioso pretexto de que «no hubo licencia del Conde de Lo– dosa como patrono mere lego que dicen es de la dha Yglessia», por lo cual Del Río en su petición dirigida al Vicario insiste porque «a menos que les mande con rigor no lo haran y al suplicante se le recrecen los gastos excesibos en venir a esta ciudad». Otra excusa alegada por el primiciero fue la existen– cia de otras deudas anteriores o privilegiadas. El órgano era de los llamados «medio órgano» y no ofrece particulari– dades, salvo que lleva dos quincenas en un registro y dos decinovenas en un registro; lleva un lleno de cinco caños por punto, un nasarte de mano dere– cha y una duL;;aina. Tiempo para hacerlo, un año; al finalizar el órgano y en– tregarlo cobraba otros 100 ducados y durante los otros tres años a razón de 100 ducados; este pago a plazos traía sus problemas. Este mismo año en que pelea por terminar de cobrar el órgano de Lo– dosa, lo hallamos haciendo otro órgano en Mendavia. 113 Aquí se complicó la vida porque además de hacer el órgano contratado exhibió sus capacidades artesanales: «horgano, sillas del Monumento, un quarto nuebo de ladrillo, a la parte de afuera de la dha Iglesia y dentto del cimenterio donde estan los fuelles, unos candeleros de fiesta plateados, unes bancos de respaldo, y todo lo demás ... », 114 tal es la enumeración de las obras realizadas. El importe total era de tres mil cien ducados. Dos años después de realizado el trabajo aún le debía la villa de Mendavia más de mil ducados. Se ponen de acuerdo para saldar las deudas de la siguiente forma: Jacinto del Río tiene un acreedor en Mendavia, Gonzalo de Liñán, a quien debe 500 ducados; a Liñán le cede los derechos que tiene sobre los mil ducados; pero con la condición de que Liñán le adelante otros 120 ducados más y Del Río cobre directamente de la Iglesia 1.680 reales (unos 152,7 ducados); el resto se lo cede, y lo cobrará a razón de 100 ducados al año, más un 4 por ciento de censo; si estos dere– chos y cobros superan en algo, mucho o poco, a la deuda que tenía con Liñán, Del Río hace gracia de todo. Probablemente tenía más necesidad de ducados en mano que de esperanzas de cobrarlos en mayor cuantía. El órgano contratado en la sacristía de la parroquia de Mendavia era parecido al de Lodosa; no aparecen el lleno, nasarte y dul~aina, sino «una veynte y dosena y veinte y nobena»; en la tasación se habla del valor del 544 113 ADP C/ 840, núm. 3. 114 Ibídem, fols. 10 y 11. [38]

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