BCCCAP00000000000000000001280

EULOGIO ZUDAIRE de julio de 1704, se declara exento de culpa a D. MARTIN DE URSUA Y ARIZMENDI, "por haber cumplido enteramente con las obligaciones de bue– no, diligente y celoso ministro", y se reprende severamente, con un verbo muy significativo en su época, tanto al obispo fray Pedro como a la Real Audiencia de México. Si en algo faltó D. Martín de Ursúa fue en la "demasiada atención" que tuvo con la persona y la casa de su ilustrísima; por lo que "he resuelto (se advierte al prelado) extrañaros mucho la desatención con que habéis obrado, dejándoos llevar de la conocida pasión y oposición que profesáis al mencionado don Martín de Ursua". Y le amenaza con apelar a toda su regalía, si el señor obispo no muda de pro– ceder. Con idéntica expresión e igual firmeza se reprende a la Real Audiencia de México, por el favor dispensado al obispo de Mérida contra su gobernador y por haberle formado proceso judicial: "he resuelto extrañaros, como lo hago, hubie– seis mandado pesquisar a don Martin de Ursua sobre esta dependencia, no re– sultando de los autos de ella prueba ni indicio, ni aun presunciones que pudieran conducir a que el atentado cometido en la muerte de los dos reos, extraídos de la iglesia, fuese por mandado, ni aun presunto, de don Martín de Ursua". Muestra asimismo extrañeza S.M. porque, contra el parecer del fiscal D. José Antonio de Espinosa, se nombrara un pesquisidor, al canónigo doctoral D. Car– los Bermúdez, para practicar las averiguaciones; y se destituyera de sus cargos, contra el dictamen del mismo fiscal, al gobernador Ursúa. Se manda reintegrarle en todos sus empleos, con ejercicio efectivo, por los cinco años de su provisión del gobierno de Yucatán, sin que pueda computarse tiempo corrido el de la sus– pensión por "la injusta excomunión y censuras". Por otra real cédula de lamisma fecha, agradece FelipeV al fiscal Espinosa su entereza en el cumplimiento del deber. EmbarcaD. Martín el 1Ode marzo de 1706 en la rada de Cádiz y desembarca en la de Campeche por el mes de mayo. Y allí ss mantiene, sin pasar a la capital de la provincia, hasta que el obispo fray Pedro, que había dado orden de tocar las campanas de excomulgado y de entredicho, se dejó vencer por la palabra de los notables de la ciudad y por la actitud humilde y sumisa del reincorporado gober– nador y capitán general, al que enderezó, con fecha 2 de junio de 1706, una semi– disculpa, en la que manifestaba "pleito homenaje de olvidar todos los antece– dentes y vivir humanable y noblemente, cada uno en su jurisdicción, emulándo– se a la mayor paz y bien público" 16 16. "Expediente sobre las mercedes que se concedieron aDn. Martín de Ursúa y Arizmendi..." (21 cuadernillos): AGI, "México", leg. 1 O 14. CARRILLO Y ANCONA CRESCENCIO, "El obispado de Yuvcatán ""Mérida, (1895) ap. RUBIO MAÑE, 111,258, ss. D. Francisco Gerónimo de Ursúa, con– de de Fresno de la Fuente, se indigna contra su "avara cortedad" por no haber alzado protesta in– mediata cuando la irracional pesquisa contra su primo Martín, según se expresa en carta al secreta– rio D. Manuel de Aperregui, desde Madrid 17 de octubre de 1704: AGI, "México", 1014. 454 [14]

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz