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licencia del superior y con la obligación de rendir cuentas. Pero todos, tanto los superiores como los demás hermanos, usen siempre el dinero "de suerte que no desdiga del modo de los verdaderos pobres" 15 • El legislador permite recurrir a los seguros y a otras formas de previsión social, depositar el dinero verdaderamente necesario en bancos u otras instituciones similares, aun con un modesto interés. Los hermanos deben hacer patente con su propia vida que ellos se han liberado de la codicia, raíz de todos los males, y de la angustiosa preocupación por el día de mañana, evitando cualquier tipo de acumulación y negociación. Los bienes no necesarios entréguense a los superiores mayores para las necesidades de la circunscripción, o a los pobres, o para el desarrollo de los pueblos. En la reflexión comunitaria se exhorta a los hermanos a que adopten el siguiente criterio preciso y práctico: "lo mínimo nece– sario, no lo máximo permitido" 16 • Art. III: Pobreza en nuestros edificios (68-70). Los edificios en los que vivimos deben ser modestos y pobres. Los hermanos, como peregrinos y forasteros, deben vivir con el corazón dirigido siempre a la patria celeste. Al elegir los lugares para edificar una nueva casa, téngase en cuenta nuestra vida de pobreza, el bien espiritual de los hermanos y las distintas activida– des que allí deberán desarrollarse. Nuestras casas sean accesibles a todos, sobre todo a los más humildes. Una casa demasiado grande, o excesivamente suntuosa no conviene a los pobres hermanos menores y podría ser un antitestimonio sobre todo para los humildes y los pobres. Con todo las casas sean aptas para las necesidades y los ministerios de la fraternidad, propicias para la oración, el trabajo y la vida fraterna 17 • 15 Cfr Const 65,1-3. 16 Const 66-67. 17 Const68. 76
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