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dones de naturaleza y gracia para desempeñar los oficios que se les confíen al servicio del pueblo de Dios" 13 • La Regla prescribeque quien quiera entraren laOrden venda sus propios bienes y los distribuya a los pobres. El derecho canónico no permite que esto suceda antes de iniciar el camino de la vida religiosa sino sólo como acto previo a la consagración definitiva en la profesión perpetua. Por eso el candidato desde el inicio de este camino, debe conocer las palabras del Evangelio y el pensamiento de Francisco, con el fin de que a su debido tiempo sepa renunciar a los bienes de que dispone; durante el tiempo de formación debe prepararse interiormente a la renuncia futura y disponerse para el servicio desinteresado de todos los hombres, especialmente de los pobres 14 • 2. Competencias y normas. Admitir a un candidato a nuestra vida es cosa importante, por eso el Ministro Provincial no debe actuar sólo sino que debe asesorarse de su propio Consejo o por algunos hermanos nombra– dos por el propio Consejo y antes de admitirlo a la primera profesión y a la profesión perpetua necesita el consentimiento de su Consejo 15 • Corresponde al maestro de novicios, siempre que el Ministro Provincial no dispusiere otra cosa, celebrar el rito de la admisión; en cambio, es competencia del propio Ministro Provincial recibir en nombre de la Iglesia los votos de los profesantes. En la admisión al noviciado y en la emisión de la profesión han de observarse las prescripciones litúrgicas. Para tal fin la profesión se emite durante la celebración de la santa misa 16 • La fórmula que debe usarse aprobada para las Familias Franciscanas el 1 de septiembre de 13 Const 18,6. 14 Cfr 18,1-4. 15 Cfr Const 19. 16 Cfr Const 20,1-4. 46
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