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Ordinario del lugar y por el propio superior mayor sino también, en casos particulares y a título ocasional, por el superior local, siempre que sea sacerdote 18 • "Todo sacerdote de la Orden aprobado por el propio superior mayor, puede confesar a los hermanos en todo el mundo" y "los hermanos pueden confesarse libremente con todo sacerdote que tenga facultad de cualquier Ordinario" 19 • Dando estas disposiciones las Constituciones ratifican aquella libertad de conciencia de la que todos los hermanos deben gozar y que, explícitamente, el Concilio Vaticano II ha recordado: los superiores "han de dejarles sobre todo la libertaddebida en cuanto al sacramen– to de la reconciliación y ladirección de conciencia" 20 ; ydirigiéndose a los confesores, les invitan pastoralmente a tener "presente la exhortación de san Francisco de no airarse ni conturbarse por el pecado de alguno", sino de tratar al hermano con toda bondad en el Señor 21 • 5. Comprensión y perdón fraterno Los hermanos en su camino de conversión, tras las huellas de san Francisco, manifiesten tener "entrañas de misericordia", amándose yperdonándosemutuamente: no rehuyan al hermano que se encuen– tra en peligro, antes bien ayúdenlo con solicitud, y, si llegare a caer, no lo juzguemos, sino que velemos por su buen nombre, amémoslo más, pensando que cualquiera de nosotros caería en situación peor si Dios, por su bondad, no nos protegiera 22 • Los superiores que, por razón de su oficio y preocupados por evitar o reprimir abusos, tuvieran que recurrir a la severidad, estén dispuestos a prestar paternal misericordia y comprensión a los hermanos que han pecado y "no impongan penas, sobre todo canónicas, a no ser que se vean obligados por manifiesta necesidad, 18 Cfr Const 107,1. 19 Cfr Const 107,2-3. 20 PC 14. 21 Cfr Const 107,4. 22 Cfr Const 108,1. 108

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