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Propuesta teológico liberadora de Francisco José de Jaca. .. 69 notificado 271 , dándole ejemplos concretos que demostraban que los tribunales no hacían frente a estos abusos. Él mismo los considera tan desagradables que no conviene referirlos por escrito. Todo esto lo ha expuesto a modo de contex– tualización, para que se entienda mejor lo que expondrá ahora. Considera que en aquel momento está sucediendo lo mismo que en las décadas anteriores, "las de ahora no encierran en sus luces menores tinieblas", éstas son sus palabras. Algo de lo que no sólo él se lamenta, sino también aque– llos que denomina como «piadosos», en referencia a los que cumplen con la doctrina evangélica. El problema, afirma él, se sigue solucionando por medio de trámites burocráticos, en los que los argumentos y discursos de unos son contestados con las alegaciones de los contrarios, y como las decisiones no son ejecutadas, nuevamente se vuelve a comenzar la dinámica, hasta que se llega al punto que él expone ahora. En el que se ha llegado a convencer de la licitud de dichas prácticas al obispo, así como a diversos eclesiásticos, tanto regulares como seculares, por lo que algunos se vieron obligados a solicitar el parecer de un teólogo, fr. Hipólito de la Soledad Rodríguez 272 , que parece ser un hombre objetivo y que no mira a intereses particulares. De su escrito se colige que el único que mantuvo una postura cercana a los intereses de los indios fue el Provisor y Vicario General de Caracas, que no asintió directamente a lo expuesto por los encomenderos. Aunque seguida– mente Jaca señale que éste descargó su conciencia, y por tanto su obligación de defender los intereses de los indios en el obispo, firmando así las alegaciones de los encomenderos. Lo critica porque aunque quiso obrar bien en un primer momento, luego termina asintiendo a todo lo que le proponen. Lo presenta como un ejemplo más de lo que sucede, coincidiendo con su intención, que no e·s otra que mostrar un personaje de cierta relevancia que sucumbe ante los inte– reses de un grupo de particulares. De tal suerte, que los intereses de unos par– ticulares, se anteponen a los de la Iglesia y la Corona. A partir de este momento, es Jaca el que se proclama como abogado y defensor de los indios, analizando los principios que utilizarán sus adversarios. Así, acerca de aquellos que sostienen que se corre el peligro de un levanta– miento por parte de los indios, no habiendo manera de averiguar nada sobre este asunto, él responde ser todo falso. La razón es lógica, pues si se hubiesen ejecutado las cédulas reales, por ser los indios fieles vasallos del rey, se habría evitado toda esta duda, alcanzándose mayores frutos de las misiones, puesto que los misioneros no se habrían tenido que dedicar a actuar como legados de 271 Nos queda la duda si dicha notificación tendría carácter escrito, puesto que de ser así el papel de este misionero no sería únicamente personal, sino que respondería a algún tipo de representatividad pública. Esperamos clarificarlo en estudios posteriores. 272 No hemos podido identificar quién es este religioso. Por el mismo documento se deduce que vivió algún tiempo en las Indias, residiendo posteriormente en la corte. Por ser persona de gran integridad salió de ésta, huyendo de las cosas que allí sucedían.
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