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50 Miguel Anxo Pena González "A su prudencia dexo mi libertad, pues conoce no ay ras;ón para que quede della privado, por siniestros informes y por que sabiendo ya la verdad estos padres, asienten a lo que es opuesto a eclesiástica libertad" 181 . A finales de mes, vuelve a escribir al nuncio señalándole cómo su situa– ción no ha variado nada, aun después de haber recurrido al marqués de Santi– llana, que le "ha inbiado a de9ir compasivo de los que passa, que no ay razón para que no se me dexe salir a dar satisfacción de mi persona, y volver por el crédito del hábito en lo que he obrado" 182 • Espera la clemencia del nuncio, con– vencido de ser el último recurso que le queda. Esta carta, fechada en san Antonio del Prado el 23 de octubre de 1689, es el último dato seguro que tenemos sobre la vida del capuchino. Aunque los diversos autores han afirmado que murió en Daroca 183 , parece bastante lógico que el aragonés terminase sus días en el Convento del Prado, donde los Capu– chinos de Castilla tenían su enfermería provincial y, por lo mismo, un lugar apto para cuidar a un hombre achacoso y enfermo 184 . Esta hipótesis se vería apoyada también en la petición que fray Manuel de Madrid, hacía un año antes al Consejo puesto que por "ser ya hombre mayor y con muchos achaques, que necessita de retirarsse a su Provincia, o a otro combento donde haya enferme– ría y se le pueda asistir..." 185 , al mismo tiempo que el enorme interés que el Consejo mostraba para que este fraile no retomara a Indias 186 . 2. La política estatal Parece conveniente hacer ahora un paréntesis para dibujar el papel que el capuchino tiene en la política estatal. Es evidente que después de las frecuen– tes negociaciones y la copiosa correspondencia sobre el tema, éste no queda simplemente aparcado para la historia, sino que se tuvieron que derívar conse– cuencias políticas que afectaron directamente a la actitud personal del monarca, así como al envío de misioneros a América. No cabe duda que la par– ticular personalidad del monarca provoca en éste una fuerte perplejidad ante asunto de tamaña magnitud. Se conocen dos momentos de singular importan– cia, de cada uno de ellos se obtienen unas consecuencias determinadas que es preciso valorar en su justa medida. 181 !bid. 182 !bid., doc. 164. 183 Cf. L. IRIARTE DE AsPURZ, "Francisco José de Jaca", en Boletín Oficial de la Provincia de Navarra 2 (1947) p. 97; J.T. LóPEZ GARCÍA, Dos defensores..., p. 33. 184 Dicho dato no ha podido ser corroborado en el libro necrológico de san Antonio del Prado, por encontrarse el archivo de dicho convento totalmente perdido. 185 Apéndice, doc. 159. 186 Cf. !bid.

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