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Propuesta teológico liberadora de Francisco José deJaca. .. 41 Por otro lado, el 23 de noviembre la Congregación de Propaganda escribe al nuncio para hacer saber que después de hablar con el Ministro General de los capuchinos, se podía afirmar con toda seguridad que se trataba de auténti– cos misioneros 123 . Las pretensiones ahora consistían en "que con suma pru– dencia y su autoridad, pudiese procurar que permaneciese salvada la jurisdic– ción e inmunidad eclesiástica y el decoro del hábito" 124 . Y que, haciendo uso de sus títulos, consiguiese que pudieran desplazarse a Roma para dar cuenta personalmente ante la Congregación de Propaganda 125 . Millini se pone en comunicación con el príncipe Gonzaga para intentar conseguir lo que Roma expresa. Gonzaga le hace ver que esto no es posible, pareciendo más conve– niente admitirlos en uno de los conventos de Castilla a disposición de Su San– tidad. El nuncio cede ante la propuesta del Consejo viendo que de momento no hay otra salida posible. Con ello logra que los religiosos pasen por Madrid a justificarse ante él, y luego fuesen destinados a los conventos que él determi– nase126. Se da cierta tirantez entre Millini y Gonzaga, provocada fundamental– mente por la lentitud con que funciona el Consejo. El nuncio había dirigido en el mes de noviembre una consulta a éste y era puesta sobre la mesa en el mes de marzo, coincidiendo con las negociaciones que Millini estaba manteniendo con el gobernador del Consejo. La situación se le presenta muy oportuna al gobernador del Consejo de Indias para no tener que dar una respuesta conclu– yente al cardenal 127 . En el ínterin, Millini encomienda al arzobispo de Sevilla la tarea de revi– sar las patentes de los dos religiosos. Éste, el 12 de enero de 1683, escribe al nuncio refiriendo el encuentro con los capuchinos y emitiendo además un jui– cio sobre ellos. Expone cómo han dado cuenta de lo ocurrido y apunta a las dificultades con que se han encontrado. En la misma carta hace constar las patentes y despachos pertenecientes a cada uno. Al mismo tiempo, remite los originales al nuncio 128 . Aun con esta revisión, Millini tiene ciertas dudas sobre los despachos y lo hace saber a Roma1 29 • El cardenal Cibo, días más tarde, en carta a Millini le comunica que si no tiene ninguna noticia en contra, las licen– cias de los misioneros son auténticas130 . De esta manera, quedaba zanjada defi– nitivamente la cuestión de las patentes. A mediados de marzo, el obispo de Sigüenza y confesor real dirige una consulta al Consejo de Estado sobre la dependencia de los dos religiosos capu- 123 Cf. !bid., doc. 44. 124 "Affinche colla somma prudenza et autorita sua, possa procurare di render salva la giurisditione et immunita ecclesiastica, et il decoro dell'habito": !bid. 125 !bid. 126 Cf. !bid., doc. 67. 127 Cf. !bid., doc. 76. 128 Cf. !bid., doc. 62. 129 Cf. !bid., doc. 65. 130 Cf. !bid., doc. 71.

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