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prensión social y servicio que es el aprendizaje de las letras y la asunción de un trabajo. Sin descuidar que, para ello, también es necesario cierta astucia, con la que él expresa al atraerlos por medio de las letras, y valiéndose de ellas para ir enseñándoles las verdades esenciales de la fe cristiana. Pero, en este sentido, él es consciente que esta tarea es para grupos reducidos, de tal suerte que aquello que se propone pueda ir calando en la sociedad, frente a la tendencia masi– ficadora de otros instrumentos. Esto supone ya un trato cer– cano y muy personalizado, algo que se ha ido poniendo de manifiesto, por los diversos sistemas pedagógicos, pero que él de manera sencilla lo expresa ya: «. . . como es el ejercicio de cada día y no es espectáculo de mucha gente, puédeseles preguntar y ellos responder lo que conviene, y van muy en particular instruidos y con eficacia movidos» 180 • De esta manera el modelo educativo propuesto tiene unas incipientes novedades pedagógicas, que parten de la relación entre entre docente y discente, y la complicidad que se ha de dar entre ellos. Pero, al mismo tiempo, resaltará que la enseñanza, al nivel que sea, tenga muy presente llevarse a cabo «por modo de diálogo» 181 , algo que podemos considerar que matiza en las reglas del espíritu: «comúnmente no hables hasta que te pregunten, ni te entrometas donde no te llaman. Sea tu habla graciosa, con gesto sereno y apacible» 182 • Estas propuestas concretas se han de hacer comprensibles teniendo preJente lo que es el estilo propio y característico del Maestro Avila, que tiene un carácter eminentemente aus– tero y sobrio, se expresa por medio de un amor de entrega, viendo al propio Cristo en cada uno de aquellos a los que se siente llamado a socorrer. Así lo expresa él en las Reglas para andar en el camino de nuestro Señor, donde insiste en una sincera austeridad de vida. Lo necesario, en este sentido, es la medida más propicia, por ello afirmará que «nunca desees más de lo 180 lbíd. 181 lbíd., 583, §. 57. 182 Íd., «Reglas de espíritu», en lbíd. 848, §. 23. 125

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