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84 • LA ESCUELA DE SALAMANCA EN EL PROCESO DE LAS INDEPENDENCIAS AMERICANAS pueblo, se derivaban unas claras consecuencias, en la organización so– cial y política que tenía su manifestación más evidente por medio del campo de las leyes. Por lo mismo, casi a renglón seguido, Clavero afir– mará en torno a la estrecha relación existente entre teología y derecho: Tenemos con todo ello distinción, pero nunca independencia, entre Teo– logía y Derecho. El segundo, todo él, Derecho entero, conoce y reconoce la presencia en la primera,-de una Teología que no se reduce a cuestiones ultra sociales, pero .que tampoco invade completamente ni ocupa exclu– yentemente el campo social. La una, la Teología; establece directrices, mientras que el otro, el Derecho, entiende no sólo de pormenores, sino de todo el entresijo constitutivo de la sociedad húmana. 20 La teología, por lo mismo, ha de ser tenida en cuenta en el análisis de la evolución histórica, especialmente en relación con el Antiguo Régimen, pues ella nos permitirá iluminar cuestiones que, de otra manera, serán demasiado parciales. Por otra parte, no olvidemos que la teología era formalmente ciencia primera en las universidades hispánicas, por lo que Carlos III mostró especial atención a la reforma de la misma. Ésta se estudiaba en relación con unas. autoridades y escritos concretos, elemento totalmente .necesario para conocer el orden social de ,la época. Pero no nós engañemos, en un caso como el de las independen– cias, no se tratará exclusivamente de teología, sino que será también muy importante el aspecto moral, catequético y penitencial, contexto privilegiado para penetrar en las conciencias personales y en los en– tornos de urdimbre afectiva de la sociedad. . .Veamos ahora, aunque brevemente, esos elementos vinculados entre lo político, social, teológico-moral y jurídico. El absolutismo sacro Se opuso drásticamente a toda democracia popular, viendo en el rey al ostentador único de la soberanía del Estado. Pero es preciso matizar que el absolutismo sacro, que entendía que el poder real provenía di- 20 !bid., p. 139.

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