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vad9 ·fa· Ley a pés~l'. del cono~ihtierifo que tenía. d/)ci:s ltla.lldamientos de Dios y a pesar de su conciencia y de su ra,zón. El libro de,. lTinoc e$lavo, e~p. 62 :' · · · ' "No hay arrepentimiento después defa muerte. una. vez .. que pasa el tiempo determinado y él no llegá a ser g:ratoa Dfos'' (34). No cabe, pues, duda .de que los apócrifos son c,011trarios 'a la idea de una conversión ultraterrena. Por último la literatura rabínica es quizás la tniás, e:i¡:plícita en tes– timonios cont;ra la idea de conversión en el más allá. Por• lo que ge refiE)re a las sectas que n~gaban la resurrecéión, debemos decir que no podían concebir tal idea; era además completamente superflua; ¿qué objeto tenía una tal conversión en el ades sin la perspectiva de una resurrección y sdbre todo si había q,uienes neg~ban la inmortalidad del alma? ,(35). Solamente por. esta razón tenemos derecho a suponer que ,uná. parte de cierta. consideración del judaísmo decente, foé por lo menos ajena, ,sino contraria, ·a esta idea. Y viniendo a testimonios más O menos explícitos, nos encántramos con el de Rabí Yohaná~ bet1 Zakkai, muerto hacia el 80 de Cristo, que habla. de prisiones eternas . y de muerte eterna;· y con el de Rabí Eliezer del II1isrtio tiempo cuyas son estas frases : "Las almas de los impíos son ·encadenadas y. el ángel •qu~ está a un extremo del mundo las lanza con una honda al. ángel .,que está en el otro extremo; mientfas tanto las almas de los' · justos son guardadas en tronos de gloria" (36). ¿Puede caber la idea de conversión en estos conceptos? Ciertamente que no. La gehenna que Shammai establece ·para. los,·. medianos ·no. es tampoco conciliable con la conversión ultraterrena; 1 afirma precisa– mente su virtud expiatoria y redentora gracias a la cual pueden luego •ser salvos; y lo mismo debe decirse de la gehenna de doce meses d~ duración en que Rabí Aqiba y Yohanán ben Nuri (comienzos del siglo segundo) colocaban a cierta clase de pecadores. Hillel admite el perdón para esos medianos por pura gracia de Dios, no por· virtud de tormen- tds ni. por actos Jibres de su voluntad. ' · · ,, (34) Citado por STR ,l.CK -BILLl!lRBECK, IV 2, pág. 1.047. Se podrian multiplicar las citas del libro de Enoc, Apoc. Baruc, Salmos de Salon;i6;,, etc... Al¡,.unot> pueden verse en BONSIRVEN, Le juda'is1n,e II, pág. 103. (35} Cfr. HoLZMl!1ISTER, U., s. I., Historia .aetatis Novi Te¡¡taménti, Roniae; 1938, págs. 231 SS, '\ 0 (36) STRACK-BILLlllRBlllCK; Kommentar, lV 2, pág. 1.060. BONSIRVEN, Textes,, niim..704. [25]
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