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Su apostolado en Veneziiela que era jurar la Constitución del Estado de Venezuela, era. opuesto a lo convenido y firmado en Marsella por los Misio– neros con el Representante de Venezuela, de lo cual quedó, convencido el Gobernador dejándolos en completa libertad~ como se ve por la sigui0nte carta: «Achaguas, Abril 25 de· 1843. Muy Señores míos: Hoy deben escribir a VV. los SS. Fr. Esteban de Acloain y Fr. Julián de Hornani, sobre el re-• sultado de una conferencia que tuvimos anoche, y yo me torno la libertad de dirigirles esta carta, que tiene por objeto asegurarles la realidad del informe que transmiten a VV., y ofrecerles al mismo tiempo que estoy muy dispuesto a que obremos en todo perfectamente de acuerdo, a fin de que no, encuentren ningún género de tropiezos en la importante mi– sión que van a desempeñar. Bajo tal inteligencia , pueden VV. seguir a su destino y contar con toda la cooperación ele su affmo. y seguro servidor Q. B. S. M. José Arciniega». Apesar de esto, si bien no juraron la Constitución, tampo– co recibieron la pensión señalada por el Gobierno, lo cual fué desgraciadamente causa de que nuestros Misioneros no pudie– sen llevar a cabo la civilización de aquellos indios, corno después veremos . VI Con esta carta partieron el P. Guillermo de Ugar y su compañero a su misión de Caribén, y el P. Esteban con el suyo . Antes de salir para la misión ele los indios, detúvose en }a ca– pi tal del Apure, qne era Achaguas, a dar una misión , que feliz– mente tuvo mucho mejor resultado que la predicada en San Fernando. Los habitantes ele esta ciudad manifestaron grandes de– seos ele oír la divina palabra, que nadie ~es había anun.,. ciado desde que los Capuchinos andaluces se vieron obligados a abandonar esta misión por ellos fundada; esto sucedió,. cuando se proclamó la independencia de la República, por lo cual y por la si_nceridad de sus süplicas, concibieron grandes
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