BCCCAP00000000000000000001210

[m] CAPÍTULO VIII una "Premisa", se compone de cuatro capítulos: l. Nociones prelimina– res; II. Formación inicial; III. Formación permanente; IV. Agentes y responsables 308 • La labor sucesiva de México fue la siguiente: "A nivel internacional se elaboró un manual de formación que tradujo para México el R.P. Alejandro Molina Luque, del clero secular, que profesó en la OFS, miembro del Consejo Nacional de México (CONAM), responsable de la formación a nivel nacional, quien con su "equipo natural" constituido por los formadores regionales, y con su "equipo asesor"integrado por expertos pedagogos, definió los valores funda– mentales de la formación, todo centrado en nuestro Señor Jesucristo: primer valor: formación humana; segundo valor: formación en el Evangelio; tercer valor: formación en la fraternidad; cuarto valor: formación en el mundo y en la Iglesia" 309 • Para dar seguimiento a este Primer Manual, el Consejo Ejecutivo Nacional inició la elaboración del Manual de Formación Inicial Primera Etapa en el año 2000. Para ello se formó una Comisión encabezada por la Coordinadora Nacional de la Formación, Hna. Ma. Esther Pérez Grimaldi de Rodríguez, ofs, y constituida por los Ministros y los Coordinadores de la Formación Regional, así como hermanos psicólo– gos, pedagogos y profesores capacitados para realizar este trabajo de 308 En la edición que conocemos, versión castellana policopiada, sigue una "Bibliografía útil" con estudios, por separado, en italiano, francés, inglés, portugués yespañol. Anteriormente se había publicado por parte de la Presidencia del Consejo Internacional de la Orden Franciscana Seglar el Subsidio para la formación, Roma 1992, presentado en el IV Encuentro lnterprovincial de formadores para Asistentes de la OFS y JUFRA, Valle de la Misericordia, Guadalajara, Jal., 8-11 febrero. En la misma reunión se presentó el Estatuto para la asistencia espiritual y pastoral de la Orden Franciscana Seglar (Roma, 13 de junio de 1992), estatuto que entraría en vigor "ad experimentum" el 17 de diciembre de 1992. El Estatuto definitivo sería aprobado por la Conferencia de los Ministro generalas de la primera Orden y de la TOR el 25 de marzo de 2002, entrando en vigor a partir de esa fecha. 309 Tomado del folleto: Orden Franciscana Seglar. Consejo nacional. Junta Ejecutiva nacional. Coordinación de la Formación (¿2003?}, pp. 4-5.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz