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dad. Si por razón de las obras algunos Religiosos no pudieran colocarse en dicho convento, el M.R.P.Provincial señalará ellugar de su residencia" 57 • 81. En este acuerdo se da por hecho el establecimiento de noviciado en la Provincia de Navarra, cuya nueva creación se cernía cercana. Todo obedecía a un plan consolidado: La separación de la Provincia de la Madre de Dios, la creación de la de Navarra y la formación de las casas de formación de la misma. Desconocemos la familia conventual creada en esta circunstancia para el convento de Sangüesa. Sabemos que vivían de hecho en la parte menos ruinosa del convento los religiosos que sudaban para restaurar la iglesia y todo el edificio. Pero desconocemos si se acomodó en el mismo una comunidad completa y jurídicamente constituida. 82. En cambio, conocemos al detalle las gestiones que el P.Angel M.de Villava realizó en Roma para obtener la facultad de creación del convento y del noviciado. En efecto, aprovechando un viaje a Roma por la separación de las Provincias, el 21 de febrero de 1899 elevó a la Congregación de Obispos y Regulares una súplica formal para erigir el convento y el noviciado en el convento de san Francisco. Corno era costumbre curial romana, la súplica iba redactada en latín y en la parte narrativa describía: 83. Hacía pocos años que la ciudad de Sangüesa había concedido en uso y usufructo el convento de san Francisco de Sangüesa. Fue aceptada la cesión con el permiso de los Superiores Generales y con la facultad de obispo de Pamplona. Desde entonces se fue restaurando y sirve no sólo para acoger a una comunidad religiosa, sino también para establecer en él una casa de noviciado. Por tanto suplicaba un indulto apostólico para erigir en dicho conven– to de san Francisco un convento regular de capuchinos, con todos los derechos canónicos de los otros conventos. Suplicaba expresamente la 57 Copia del acuerdo en Sangüesa /bid leg.IVn.J. 51

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