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aprobación del Calendarium Proprium pro Familiis Franciscalibus (OFM, OFMConv, OFMCap, TOR) con decreto del 12 de diciembre de 2001 (Prot. N 1672/96/L) por parte de la misma Congregación para el Culto Divino y Disciplina de los Sacramentos (cfr. AOFMCap 117 /2001/ 297-300). El CalendariumPropnitm OrdinisFratrumMinorum Capuccinorum establece 32 celebraciones propias de la Orden: 4 Fiestas; 1 O Memorias (obligatorias); 18 Memorias facultativas. A las Fiestas de San Fidel de Sigmaringa (24 de abril), San Félix de Cantalicio (18 de mayo), San Lorenzo de Brindis (21 de julio), previstas ya en el anterior Calendario, se añade ahora la de Santa Verónica Giuliani (1 O de julio) para testimoniar de este modo el vínculo fraterno– familiar que nos une a las Clarisas Capuchinas. Con la categoría de Memoria se celebrarán todos los demás Herma– nos Santos "canonizados" y con la de Memoria facultativa se celebrarán, además, todos los Beatos de laOrdenCapuchinay las Beatas de laOrden de las Hermanas Clarisas Capuchinas. Capa provincia o Circunscripción de la Orden, con la debida aproba– ción, podrá añadir otras celebraciones a las previstas en el Calendanitm proprium pro Famzliis Franciscalibus (OFM, OFMConv, OFMCap, TOR) y en el Calendarium Proprium Ordinis Fratrum Minorum Capuccinorum. También se permite elevar la categoría de aquellas celebraciones que en las propias Provincias o regiones tengan una importancia especial, siempre que se guarden las normas litúrgicas. Salvo este derecho que asiste a las respectivas Circunscripciones de nuestra Orden, como ya lo he hecho otras veces, manifiesto el deseo de que en cada País y región, siempre que sea posible, se prepare un calendario común para todos los miembros de la Familia Franciscana teniendo como base el calendario de la Iglesia universal y el Calendarium proprium pro Familiis Franciscalibus (OFM, OFMConv, OFMCap, TOR). [}O

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