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8. Anotaciones sobre el tiempo y la duración del Capítulo local 1) Con el tiempo toda la fraternidad se da cuenta qué momento del d(a es el más favorable para la celebración del el, si la mañana, el mediodía o la tarde. De todos modos, es aconsajable que el el se tenga siempre -en cuanto sea posible- el mismo día de la semana y en-la misma hora del día. 2) La duración del el depende en gran parte del número de participantes, de la cantidad de temas y de la dificultad de las cuestiones que se han de tratar, lo mismo que de la frecuencia del mismo el. Si se celebran regularmente el bien preparados y estructurados, pueden bastar normalmente de 1-2 horas por sesión. 3) Si se prevé que el el pueda tener una duración más larga, se aconseja avisar anticipadamente que hay programado un breve intervalo (c~n posibilidad de un pequeño refresco). 4) Sobre lafrecuencia del el las Constituciones, en el n. 142, 4, dan la siguiente indicación genérica: "El Capítulo local debe celebrarse con frecuencia durante el año". Cada fraternidad debe encontrar su ritmo. Sin embargo, la experiencia enseña que, cuanto más frecuentemente se celebra el el, tanto más fácil se hace a los hermanos dialogar juntos, sobre problemas sea materiales como espirituales que se refieren a la vida capuchina. Los procesos de interiorización y los procesos psicológicos de grupo son más eficaces si los participantes se encuentran regularmente, según un plazo racional de tiempo. Hay fraternidades que, con gran prove– cho espiritual, se encuentran en el semanalmente. 9. La competencia jurídica del Capítulo local 1) Nuestras Constituciones renovadas no señalan al el ninguna competencia efectiva jurídica. La autoridad del el es, más bien, de carácter moral. El el tiene, ante todo, función de consejo. Las Constituciones ven en el el, de modo esencial, un importante organismo para el desarrollo de la vida fraterna y espiritual en el ámbito de la fraternidad local. Del el se habla en relación al 83

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