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a) El servicio pastoral de los ministros. Establecido, como hemos dicho, que la obediencia evangélica es "donación de símismo" y no un simple respeto de un orden social constituido y, por lo tanto, que todo religioso, no solamente el súbdito, es llamado a esta obediencia-donación, concluimos cómo de esta visión de las cosas nace todo aspecto de nuestro vivir en obediencia. Pero, puesto que se trata de un cambio de punto de vista respecto al modo común de entender la sumisión a las leyes y a los representantes de las leyes, no nos extraña que las Constituciones hablen, ante todo, de la obediencia que practican los superiores, dedicando a este tema el doble de espacio 23 que el otorgado a la obediencia de los hermanos súbditos 24 • Resulta relativamente fácil citar y enumerar los modos y los casos en los que se asume y se manifiesta la obediencia del súbdito y es muy difícil delinear la del superior, porque el servicio que se le pide es más amplio y exigente y de una disponibilidad ilimitada y que, en la descripción expresada por Francisco, supone que él sea el hombre que se deja "dilapidar" por los súbditos como una propiedad puesta a su disposición 25 • En relación a la disponibilidad de los ministros, ahora expresa– da, las Constituciones precisan: "Por eso los ministros, siervos de los demás, no ejerzan la autoridad como señores, sino sirvan a los demás hermanos, proporcionándoles con el ejemplo y la palabra espíritu y vida" 26 , palabras que avalan la afirmación de Francisco: "Dichoso el siervo que es hallado tan humilde entre sus súbditos como lo sería si se encontrase entre sus señores" 27 • Si realmente es responsable de la comunidad y se pone en esta 23 Const 156-163. 24 Const 164-167. 25 EP 80; FF 1775. 26 Const 156,2. 27 Adm 23; FF 173. 119

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