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Capítulo XI: Nuestra vida de castidad consagrada Quizá, sea útil comenzar la redacción de las observaciones en torno al capítulo XI de las Constituciones de los Hermanos Menores Capuchinos, recordando el significado de ciertas expresiones o términos entre los que nos movemos. El "celibato" o estado escogido por una persona no casada. La "virginidad", término usado frecuentemente en relación a lamujer, que es la situación de una persona que no ha tenido relaciones sexuales; en un segundo lugar designa la actitud moral y sentimientos correspondientes. Por "continencia" se entiende la abstención de todo placer sexual. La "castidad" es una realidad o situación más positiva y amplia: la voluntad humana y cristiana de quien es capaz de dirigir las propias fuerzas sexuales y afectivas de la manera que conviene a la propia condición. Tantas son las realidades o situaciones, cuantas son las diversas y distintas actualidades de esas realidades o situaciones personales. El consejo "de castidad consagrada a Dios" (LG,43) "lleva consigo la obligación de observar perfecta continencia en el celibato" (Can. 599) 6 • El texto de este capítulo XI de las Constituciones es, sin duda ninguna, el que más se aleja, en su estilo y contenido, de la redacción de las anteriores Constituciones. La diferencia está, sobre todo, en el paso dado: se deja de insistir en la "huida del peligro" y se presenta la castidad como "el reconocimiento y cultivo de un don". El texto de las Constituciones antiguas daba la impresión de preocuparse de la "defensa" de la castidad. De las actuales Constituciones se podría decir que se esfuerzan por 6 Ibídem, p.239, nota 9 84

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