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Hospitalidad ( constitución 96) El número 96 de las Constituciones que es el final del artículo primero del capítulo quinto de las Constituciones de los Hermanos Menores Capuchinos, dedicado y consagrado a animar el cultivo de la vida fraterna que, en cuanto se hace más intensa internamente, se abre más madura y verdaderamente al exterior, este número final pone de manifiesto el peculiar estilo, en nuestro caso, del modo de ser franciscano-capuchino. El punto 1 de la constitución 96 hace un reclamo al pensamiento de Jesús, diciendo que: "Cristo, peregrino él mismo en la tierra, dirá en el juicio final a los que estarán a su derecha: Era forastero, y me hospedasteis". El segundo punto compromete a los Hermanos a que actúen según san Francisco. Dispone: "También san Francisco quiso que se recibiera benignamente a cualquie– ra que viniera a nuestras casas; por tanto, acojamos con la mayor caridad y socorramos en sus necesidades a todos, especialmente a los más afligidos y desgraciados". Reciban los Hermanos a todos los que se lleguen y llamen a nuestras puertas, buscando nuestra solidaridad, como ya hemos recordado, nombre secularizado de la caridad que, en tiempos pasados, despegaban los capuchinos y ponían de manifiesto en la realización, con optimismo y agradecimiento a la Providencia, mediante la puesta en marcha y ejecu– ción de tantas obras asistenciales y propias que hoy alcanzan distintos grados de expresión, compromiso por la justicia y por las obras sociales que, en algunos lugares, se llevan a cabo con un cierto resentimiento masoquista o sentido de "faltar a la pobreza", olvidando que son la manifestación de una exquisita caridad moderna 101 • privilegios, y consiguientemente los institutos femeninos. Véanse los cánones 311 y 677". 101 ¿Es el lugar en el que está situada la constitución 96 el más adecuado para formular tales exhortaciones? ¿No estaría mejor colocado, si se la situara antes del actual número 94? 69

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