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asistencia espiritual y pastoral, sobre todo por medio de hermanos idóneos debidamente destinados a este ministerio". Es correcto hablar de ministerio, tratándose de la asistencia pastoral, visión un tanto clerical. Por ello no hubiera estado mal añadir, y como ayuda para una mejor distinción entre asistencia espiritual y pastoral y más acertada comprensión de la misma distinción, la palabra servicio, es decir, ministerio o servicio, en cuanto asistencia espiritual no sólo pastoral. Un servicio a prestar indiferentemente por el Hermano clérigo así como por el laico. Una laguna que, ciertamente, habrá que tratar de cubrir, es la de la falta de previsión en el derecho propio, sobre la forma y modo de nombramiento del asistente espiritual. El Estatuto para la asistencia espiritual y pastoral de la Orden Franciscana Seglar determina que este nombramiento "venga regulado en las Constituciones". Debería haberse limitado a hablar de derecho particular. La constitución 97,7 recuerda: "Los hermanos, por su parte, presten con gusto asistencia espiritual a esta Orden. Teniendo siempre en cuenta su condición seglar, no se entrometan en su régimen interno, excepto en los casos señaladós por el derecho". Disposición respetuosa de la corresponsabilidad fraterna. Recuerdo que el Estatuto para la asistencia espiritual y pastoral de la Orden Franciscana Seglar, Roma 13 de junio de 1992, dispone que el asistente general sea nombrado según las propias Constituciones, etc., artículo 17; el provincial y local a norma del derecho propio, artículos 26 y 27 99 99 Con ocasión de un encuentro de asistentes espirituales de la OFS, centrado exclusivamente en el estudio del "Estatuto para la Asistencia Espiritual y Pastoral de la Orden Franciscana Seglar", recogíamos algunas precisiones en torno a la figura del asistente espiritual, hechas por los asistentes presentes al encuentro, por excepción, algún hombre experto en derecho. Véase ARA,S.,Jornadas francisca– nas para asistentes espirituales de la OFS, en Boletín Informativo, Oficina Provincial de Información, Capuchinos-Navarra, nº 398, 29 abril 1993, p.211-212. 67

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