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prolongada, se requiere, además, el consentimiento del superior ma– yor"8º. Y, siguiendo en esta línea de promocionar la participación de los seglares, ya sea en la vida de oración o de convivencia y apostolado, se distingue, tras haber previsto casos distintos y de tan diverso alcance, una nueva situación y posibilidad. Ya no se trata de una participación por breve tiempo. Dispone la constitución 89,4: "El superior mayor, con el consentimiento de su Consejo, puede admitir a los seglares, como familiares consagrados de por vida a Dios, previo acuerdo sobre los derechos y obligaciones de ambas partes". No sabría decir si se tiene aquí presente el caso de nuestros donados, inolvidable experiencia en tantas provincias de la Orden, en un pasado, o simplemente se trata de los laicos, ¿no sacerdotes?, que deseen experimen– tar unos años de vida religiosa, como acaba de anunciarse en el reciente Sínodo de los Obispos sobre la vida consagrada y se ha hecho público en ocasión de la celebración de la última Congregación General de la Compañía de Jesús. Ciertamente, la formulación es rica, avanzada y profética, aunque restringida y ambigua, si bien la misma ambigüedad puede ser rota, en parte, mediante la firma del acuerdo 81 • Medios de comunicación social ( constitución 90) En el capítulo VI de las Constituciones de los Hermanos Menores Ro Se puede dar la interpretación que se pregunte si cabe entender que estos puntos de la constitución 89 son aplicables al caso del hospedaje dado a un familiar del Hermano. Particular que no viene previsto, no obstante el recuerdo de la constitu– ción 94,4. ¿Aquí se trata sólo de los seglares?. ¿Se excluye a los sacerdotes o clérigos que deseen compartir más íntimamente nuestra vida, ya sea de oración, de convivencia fraterna o de apostolado? 81 El previo acuerdo deberá regular y distinguir entre hospitalidad, acogida en la casa religiosa y aplicación de los derechos y obligaciones propias de la vida de fraternidad en común. Compárese esta disposición con el número 37 de las desaparecidas "Ordinationes Capitulorum Generalium Ordinis Minorum Capuccinorum in Capitulo Generali LXX revisae et in Codicem redactae" y con ciertas actuaciones experimentadas y vividas, con dolor, en tiempos bien recien– tes... 54

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