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sido posible y se ha conseguido que la visión conciliar y primigenia de la autoridad, concebida como servicio, se haya impuesto sobre cualquier otro concepto y expresión. El artículo primero del capítulo X se distingue por una buena presen– tación valorativa y un encuadramiento plenamente franciscano-capuchi– no del servicio de la autoridad. No obstante, algunas de las consideracio– nes contenidas en este mismo artículo que hacen referencia a la autoridad en la vida franciscano-capuchina, pueden influir, de forma negativa, en la valoración y consideración de los dictados contenidos en el capítulo VIII, régimen de la Orden o Fraternidad, en cuanto pueden inducir a creer y juzgar que el oficio del superior es algo distinto del servicio de quien recibe la emisión del voto. Dicho de forma bien precisa: que el que recibe el voto es el animador y moderador espiritual, quedando para el oficio de superior, esas otras tareas que, al decir acertado de los cánones 618-619, son principalmente de carácter ascético y pastoral y van ejercidas en respuesta a una potestad ejercitada como servicio, función recibida de Dios por el ministerio de la Iglesia 95 • superiore locale con il termine "guardiano". A noi interessa poco questa distinzione storico-giuridica. In pratica possiamo dire che il frate deputato ed eletto all'ufficio di superiore di un convento, di una provincia o dell'Ordine, altro non e che un ministro-servo della fraternita. Tale ufficio non e una "dignita" che comporti privilegi od esenzioni particolari, ma piuttosto un servizio che richiede maggiore dedizione verso i fratelli". RIZZATTI, o.e., p.142 º' Se escribe en el canon 618: "Ejerzan los superiores con espíritu de servicio la potestad que han recibido de Dios por ministerio de la Iglesia. Por tanto, mostrán– dose dóciles a la voluntad de Dios en el cumplimiento de su función, gobiernen a sus súbditos como a hijos de Dios, fomentando su obediencia voluntaria, con respeto a la persona humana, escúchenles de buena gana y fomenten sus iniciativas para el bien del instituto y de la Iglesia, quedando sin embargo siempre a salvo su autoridad de decidir y de mandar lo que deba hacerse". Dice el canon 619: "Los Superiores han de dedicarse diligentemente a su oficio y, en unión con los miembros que se les encomiendan, deben procurar edificar una comunidad fraterna en Cristo, en la cual, por encima de todo, se busque y se ame a Dios. Nutran por tanto a los miembros con el alimento frecuente de la palabra de Dios e indúzcanlos a la celebración de la sagrada liturgia. Han de darles ejemplo en el ejercicio de las virtudes y en la observancia de las leyes y tradiciones del propio instituto; ayúdenles convenientemente en sus necesidades personales, cuiden con solicitud y visiten a los enfermos, corrijan a los revoltosos, consuelen a los pusilánimes y tengan paciencia con todos". 136

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