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referente a la administración de los bienes, a la edificación, conservación y enajenación de las casas". Añade en el punto 2: "Corresponde al Capítulo crear dichas com1s10nes y determinar su competencia. En cambio, los miembros, algunos de los cuales pueden ser seglares, son nombrados por el superior mayor con el consentimiento del Consejo". Es el Capítulo provincial y viceprovincial, tal vez no el de las custodias, el que crea esas comisiones y determina sus competencias. En la práctica se hace difícil poder entender que el señalar estas actividades sea competencia u obra exclusiva del Capítulo. El superior provincial y viceprovincial es quien, contando con el consentimiento del definitorio, hubiera podido bastar el consejo, nombra los miembros que componen las posibles comisiones. Entre esos miembros pueden aparecer seglares. Gastos ordinarios y extraordinarios ( constitución 73) La distinción entre gasto ordinario y extraordinario viene tomada del Código de Derecho Canónico 82 • El Código regula tanto el negocio del gasto ordinario y extraordinario como el de la enajenación; pero como cosas aparte y distintas. De ahí que la legislación propia deba, en esta materia, atenerse a las exigencias diversamente requeridas, según se tra– te de administración ordinaria o extraordinaria, en especial de la enaje– nación 8 3. Por la enajenación, algunos bienes, los inmuebles de forma más 82 Véanse los cánones 63 8, 1281, etc. 83 "L'amministrazioneordinaria comprende tutti gli atti necesari e utili al mantenimento dei beni dell'istituto e delle sue parti: la loro amministrazione, la loro conservazione, il loro impiego in vista della vita e della misione dei membri. Per porre un atto di amministrazione ordinaria non si da alcuna norma; nessuna somma limite da non superare e prevista, ne da prevedere. L'amministrazionestraordinaria comporta atti particolari che cambiano la propieta dei beni dell'istituto o indeboliscono la sua situazione economica... "BEYER,J.,// Diritto della vita consacrata, Milano 1989, p. 282-283. 129

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