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de los capuchinos, opta por posiciones radicales en aspectos de comunión y comunicación de bienes espirituales y materiales 6 7 . Artículo 3: Pobreza en nuestros edificios Las Constituciones de los Capuchinos, al enfrentarse, en el artículo tercero del capítulo IV, con las peculiaridades de la pobreza en nuestros edificios, se muestran altamente preocupadas de la imagen y realidad profética de la pobreza evangélico-franciscana. En este tema de la pobreza de los edificios se sueña y mira un poco demasiado hacia atrás, al pasado. Características de nuestras casas (constitución 68) Las casas donde los capuchinos se hospedan, viviendo en ellas como peregrinos y extranjeros, deben ser humildes y pobres, exhorta la consti– tución 68,1 que dice textualmente: "Debemos vivir en casas humildes y pobres, hospedándonos siempre en ellas como extranjeros y peregrinos". Se añade en el punto 2: "Al elegir lugar para una nueva casa, téngase en cuenta nuestra vida de pobreza, el bien espiritual de los hermanos y los diferentes ministerios que se ejercerán; y dispónganse las viviendas de tal manera que a nadie puedan parecer inaccesibles, sobre todo a los más humildes". Nuestras casas sean, pues asequibles a todos los que tienen menos. El que sea una casa demasiado grande puede ser un dato que baste, sin más, para retraer a las gentes del encuentro con los Hermanos. En tal supuesto, este bien no estaría cumpliendo ni aún su finalidad y su función social. "Con todo, las casas sean aptas para las necesidades y los ministerios de la fraternidad, propicias para la oración, el trabajo y la vida fraterna" 68 • 67 Véanse las cánones 638, 1291-2, etc. Cfr. ARA,S.,La administración de los bienes temporales en la legislación capuchina, en Estudios Franciscanos 65 (1964) 371- 392. 68 Constitución 68,3 121
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