BCCCAP00000000000000000001193

dad o a los superiores superiores mayores para las necesidades de la circunscripción, o a los pobres, o para el desarrollo de los pueblos, según las normas establecidas por el Capítulo provincial; sobre todo esto reflexiónese en común más a menudo en el Capítulo local" 66 • Los Capítulos provinciales, al dar esas normas, parece deben tener en cuenta las necesidades, también de la Iglesia y de la Orden; no se queden y conformen con los pobres y el desarrollo de los pueblos. Resulta algo extraño que, aquí, se haya pasado por alto, simplemente olvidado, hacer una referencia a las necesidades de la Iglesia universal y particular e incluso a las de la Orden, si bien en lo que hace referencia a la Orden, el vacío puede quedar cubierto, cuando en el punto 6 se recuerda que las fraternidades de una misma área y también las provincias de la Orden estén dispuestas a compartir entre sí y con otros los bienes, aún necesarios, en momentos de escasez... El punto 5 de la constitución 67 desciende e indica detalles a dialogar, reflexionar en el capítulo local, siempre, según cabe entender, de acuerdo con los dictados de las Constituciones y el genuino espíritu franciscano– capuchino. Dispone el punto 5 de la constitución 67: "Los hermanos dialoguen en el Capítulo local, según el espíritu de las Constituciones, acerca del recto uso de los bienes en lo relativo a las recreaciones, a la acumulación de ropa, a los regalos personales, a los viajes y otras cosas por el estilo". Se da una cierta insistencia sobre particulares, más propios de un texto de Ordenaciones, por otra parte, recogidos, de forma algo más genérica, en números precedentes. El punto 6 ruega: "Estén dispuestas las fraternidades de una misma área y las provincias de la Orden a compartir entre sí y con otros los bienes, aún necesarios, en momentos de escasez". 66 Constitución 67,4 119

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz