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de tal manera, sin embargo, que, a la vez que pedimos limosna a los hombres, les demos testimonio de pobreza, fraternidad y alegría". El dinero y su uso ( constituciones 64 y 65) La posición de las Constituciones de los Capuchinos se presenta frente al dinero más abierta que frente al hecho real y figura de la propiedad. La redacción de los números 64 y siguientes, aunque necesitada de algunos retoques de carácter técnico-jurídico y social-económico, se ajusta algo más a nuestra actualidad técnico-jurídica y social-económica que la redacción de los números anteriores. Los dos puntos que constituyen la constitución 64 buscan reflejar la intención de san Francisco y la obtención o realización de esa intención en el momento actual. Recuerda la constitución 64: l. "San Francisco, consecuente con su propio carisma de pobreza y minoridad en la Iglesia, mandó a los suyos que de ningún modo recibiesen dinero, por ser signo de riqueza, peligro de avaricia e instrumento de poder y dominio en el mundo. 2. Sin embargo, dado que el uso del dinero se ha hecho necesario a causa del cambio de los tiempos, los hermanos, deseosos de cumplir la voluntad del Padre, úsenlo solamente como instrumento ordinario de cambio y de vida social, necesario incluso a los pobres, y de acuerdo con las Constituciones" 63 • Y como el uso del dinero ya no es una excepción, la constitución 65 dispone en el punto 1 que "Los superiores, a quienes incumbe en virtud de su oficio cuidar solícitamente de las necesidades de los hermanos, usen el dinero para las exigencias de la vida y para las obras de apostolado y de caridad". Podría haberse comenzado por citar al ecónomo, administrador, como el primer facultado para el manejo y uso del dinero en un instituto, el capuchino, cuyos superiores carecen de potestades administrativas y no 63 Tal vez, hubiera estado más correcto decir "y de acuerdo con nuestro derecho particular", a saber Constituciones, Ordenaciones, etc. 115
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