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ambivalente... , el número 62 de las Constituciones de los Capuchinos se manifiesta amplio, al permitir usar de los bienes de este mundo o temporales, sobre todo, para los pobres. La constitución 63 recordará que es un gesto de desconfianza con la Providencia el acumular, etc. Tocante a la propiedad, los números 62,1 y 12 de las Constituciones se limitan y quedan con el recuerdo y citación de la segunda Regla 6,1 y de la exhortación a caminar como peregrinos y extranjeros en este mundo, sirviendo al Señor en pobreza y humildad. "De acuerdo con este texto nos preguntamos: los hermanos menores capuchinos ¿somos propietarios o no? Evidentemente que sí. Pero se evita la palabra. ¿Por sinceridad con el lenguaje de San Francisco... ? ¿O por simple pudor. ..? ¿Acaba de ser absolutamente sincera la Orden consigo misma? ¿O acaso tenemos un lenguaje tan refinadamente espiritual que, al emplearlo nos quedamos en paz con San Francisco y con los notarios? Cuando el provincial va al notario a firmar un contrato, no raramente este funcionario del Estado pide las Constituciones de la Orden para saber con exactitud cuál es la capacidad jurídica del contrayente. El notario está acostumbrado a términos profesionales muy concretos. Aquí lee que los superiores pueden realizar actos civiles respecto de los bienes temporales. ¿Quiénes el dueño de estos bienes?. Los frailes, mientras en otro lugar no aparezca explícitamente cosa distinta, pero en la misma cláusula se dice que los actos civiles respecto a los bienes temporales se hacen "sólo en cuanto sea necesario para los hermanos o para las obras a nosotros confiadas". Y un poco más abajo se habla del registro ante la ley civil de "los bienes a nosotros encomendados", evitando la expresión "los bienes de nuestra propiedad", que sería la expresión normal" 60 • Los puntos 4 y 5 de la constitución 62 disponen: 4. "Los superiores pueden realizar, personalmente o por medio de otros, actos civiles respecto de los bienes temporales, en el caso y en la medida que sea necesario para los hombres o para las obras a nosotros enco– mendadas. 60 GRÁNDEZ, R.M., o.e., págs. 124-125 1 12

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