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y en la villa guipuzcoana de Renteña. Por muchas razones se veía la necesidad de una división, y fue el Capítulo General del 2 de junio de 1656 quien acordó por los conventos de Navarra yGuipúzcoa formasen una Custodia regida por un Comisario General con todos los derechos. Más tarde, el 1 O de enero de 1679, el Papa Inocencio XI confirmó con un breve la erección en Provincia, denominada oficialmente "Navarra– Cantabria". Realizada esta división entre navarros y aragoneses, se observa que la Provincia de Aragón no siguió en su afán de aumentar el número de conventos. Sólo se realizaron dos. Una coyuntura singular ofreció a los capuchinos aragoneses la oportunidad de fundar un convento en Palma deMallorca. Aceptaron el compromiso en 1669 y, después de vencermu– chas dificultades, al fin pudieron instalarse en Palma el 9 de septiembre de 1677. Lo extraño es que este convento, a excepción de algunos años, estuvo bajo la dependencia del Ministro General y así continuó hasta la desamortización. La otra fundación fue en la villa de Calanda en 1750. La pequeña obra que ahora presentamos trata sólo de aquellos conventos de la Provincia de Aragón que existieron hasta la Ley de Desamortización de 1835, orillando los conventos de Navarra, Renteña y Palma deMallorca que sólo un tiempo pertenecieron adichaProvincia. Durante varios meses del año 1986, los hermanos José Martín Irure y Luis Longás recorrimos los pueblos y ciudades de Aragón para ver la situación en que se encontraban los 19 conventos de la antigua Provincia Capuchina de Aragón. Hicimos un reportaje fotográfico, recogimos algunos documentos y, sobre todo, descubrimos dónde estaban ubicados los conventos según los planes urbanísticos actuales y en qué situación se encontraban después de más de un siglo de abandono. Los artículos publicados por aquella fecha en el Boletín Informativo OPI, hoy los volvemos a reproducir con algunas correcciones y añadien– do nuevos datos. Abrigamos la esperanza de que estos sencillos apuntes históricos nos ayuden aconocermejor el esplendor de la Orden Capuchi– na en otras épocas. LUIS LONGÁS 4

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