BCCCAP00000000000000000001185
ra mano para rehacer esta fundación. Después de dos peticiones inatendidas, el ayuntamiento concedió la licencia para la fundación del convento el 26 de junio de 1622 29 • El acuerdo recoge muchos datos, dignos• de recuerdo. Se hallaban por aquellos días en Borja el P.Fr.Luis de Zaragoza, provincial de Aragón, acompañado de los PP.Francisco Tobet, guardián de Tarazona, de Vicen– te de Huesca y Juan Gabriel de Luna. El Provincial había pedido a la ciudad con entrañas piadosas que diese su consentimiento para la funda– ción de un convento, representando las innumerables utilidades que se seguirían a los vecinos de la ciudad y de sus barrios y a los extranjeros, "fundando las palabras de su petición en lugares de la sagrada escriptura" 30 .ElProvincialsecuidómuybiendeaseguraralosedilesque "a la ciudad de presente ni en lo benidero no le pidióan cosa alguna en esta fundación, sino tan sólo su consentimiento y beneplácito". La votación fue casi unánime, ya que tan sólo un concejal depositó con un haba negra su voto en contra. El consejo delegó en el Justicia y jurados dar a los capuchinos "todo consejo, fauor y ayuda...arbitrando con sus paternida– des escoger sitio para la cassa y yglesia". Amparados en estafacultad, se presentaron al día siguiente, 27 de junio de 1622, al cabildo de SantaMaña para conseguir la licencia eclesiástica el provincial Fr.Luis de Zaragoza y su secretario Fr.Vicente de Huesca. Fue Juan Vicente de Albis quien levantó acta de esta taxativa sesión 31 • El Capítulo les acogió con benevolencia, aunque fue muy estricto en prohibirles cualquier· acto que significase jurisdicción eclesiástica o intromisión en ella; sobre todo, les prohibió celebrar entierros, sacar procesiones y predicar en el convento el día que se celebrase alguna fiesta 29 AMB Libro del Justiciado sinf.(sesi6n de la fecha). 30 No hemos encontrado la petición escrita; desconocemos por tanto, la exposición de tales ventajas. Manejamos tan sólo el acuerdo municipal. Era justicia Lorenzo de Lajusticia. 31 AHPNB J.VAlbis t22010 ff.129r-130r. No hemos encontrado recurso al obispo de Tarazona para esta fundación; lo que no es. explicable sino por la delegación del mismo al cabildo de la colegiata o por las facultades apostólicas que había ganado dicho cabildo sobre la ciudad. 21
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz