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capítulo de mandas y legados era muy extenso y resulta de interés para conocer su entorno familiar y de relaciones: Redención de cautivos, hospital de Santa María de Gracia de Zaragoza, hospital Sancti Spiritus de Borja y hasta 20 legados de casas, tierras y censos. Los más granados fueron destinados a su amada segunda mujer, Juana María de Olóriz. Nombraba ejecutores a Juan de Aguilar, Juan de Olóriz su suegro, Alon– so de Olóriz su cuñado, a su mujer y a su hennana Margarita. Debía hacerse cargo de su casa Juan de Aguilar, y caso de habermuerto, Alonso de Olóriz, o en su defecto el P.Guardián de Capuchinos 25 • Perfiles de los fundadores. No terminaremos este párrafo sin resumir algunos aspectos personales y trazar algunos perfiles sobre Juan de Pradilla y Gracia de Rada. Ambos eran feligreses de Santa María y demostraron a la gloriosa colegiata una adhesión firme e inquebrantable. Fueron feligreses compro– metidos y generoS'Os, lo que demostraron con importantes aportaciones. Así no es extraño que hubiera sido enterrada en la colegiata Gracia de Rada, hasta que fue trasladada a la iglesia de capuchinos y que el Capítulo hubiese concedido aPradilla serenterrado en capuchinos en atención a sus méritos. El último fue el siguiente: A fin de que el Capítulo oficiase sus exequias en los capuchinos con intervención de la capilla de música, donó a la colegiata "cuatro albas de Ruán con guarnición... Se determinó que las albas fuesen para el temo y la cuarta para algún huésped y no se la pongan ordinariamente" 26 • Un verdadero perfil humano-religioso de Juan de Pradilla fue su 25 Este testamento ológrafo siguió diversos trámites jurídicos. El último fue el acta notarial de Joaquín Lamana, Borja 24 de abril de 1686, mediante la que se ha conservado y ha llegado hasta nosotros, enAHPNB, tº 3914, Papeles sueltos, caja, Joaquín Lamana notario. 26 ASMarfa,Libro3º De gestis Capitulif.135, viernes 15 mayo 1638. Fue encargado de agradecerle esta donación el canónigo Ferriza, quien le comunicó que el Capítulo se encargaría de oficiar sus honrras en capuchinos, sin pago alguno, "porque es muy justo el Cabildo sea agradecido a quien le haze bien", lbidff.127v- 128r. 19

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