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378 Elizondo En 1638, el texto sufre cambios profundos, merced al entonces cardenal protector de la orden, Antonio Barberini, capuchino y her– mano carnal del romano pontífice reinante, Urbano VIII. Aunque impuesto y approbado solemnemente por la santa sede, no es admitido por los religiosos. Muy pocos años más tarde, en 1643, se publica otro, elaborado por la fraternidad, promulgado por el capítulo general y refrendado por la autoridad pontificia. Su vida jurídica es larga y fructífera: hasta 1909, año en el que se renuevan en profundidad las constituciones de la orden. En otros trabajos hemos estudiado algunos aspectos de las dife– rentes redacciones del código legal capuchino 1 • En el presente desea– mos investigar con cierta detención un intento de renovación de las constituciones, acaecido a raíz del capítulo general de 1896. In– tento que, aunque no llega a plasmarse en realidad por diversas circunstancias, reviste importancia no pequeña en la historia de la evolución legal de la fraternidad. Dividimos nuestro trabajo en cuatro partes: en la primera, ana– lizamos los antecedentes del texto legal; en la segunda, investigamos el iter seguido por el mismo hasta su redacción definitiva; en la ter– cera, proponemos la descripción bibliográfica de los diversos esque– mas elaborados; en la cuarta, estudiamos el contenido de las consti• tuciones de 1896. I. ANTECEDENTES La situación de la orden, la evolución de la sociedad civil y la concretización vivencia! de la iglesia en torno al evangelio son, a fines del siglo XIX, muy diversas de las conocidas en épocas anteriores; 1 F. ELIZOND0, Constituciones capuchinas de 1575. En torno a un centenario, en Laurentianum 16 (1975) 3-52; ID., Contenido de las constituciones capuchinas de 1575 y su relación con la legislación precedente, en Laurentianum 16 (1975) 225-280; ID., Las constituciones capuchinas de 1608, en Laurentianum 17 (1976) 153-208; lo., Las constituciones capuchinas de 1638, en Laurentianum 17 (1976) 313-387; ID., Las constituciones capuchinas de 1643. Contenido y ediciones, en Laurentianum 18 (1977) 3-69. Véanse también: EDUARDUS ALENCONIENSIS, OFMCap., Primigeniae legislationis ord. fr. min. capuccinorum textus originales seu consti– tutiones anno 1536 ordinatae et anno 1552 recognitae, en Liber memoria/is, Ro– mae 1928, p. 333-430; VENANTIUS A LISLE-EN-RIGAULT, OFMCap., Monumenta ad constitutiones ordinis fratrum minorum capuccinorum pertinentia, Romae 1916; MARIE-ANTOINE DE LAUZ0N, OFMCap., Commentaire pratique -canonique, histo– rique, spirituel- des constitutions des freres mineurs capucins. Pro manuscripto [s.l., s.a.].

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