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FIDEL DE PAMPLONA en determinados casos una Hora por otra, v. gr., Tertia en vez de Sexta, ,como recibe un Oficio por otro? · Y examinando detenida y objetivan~ente los elementos de juicio no ve– mos razón suficiente para admitir que quien equivocadamente rezó por se– gunda vez Tertia en lugar de Sexta no satisfaga a la obligación de la lej eclesiástica. En efecto, si aun diciéndose salmos, himnos, lecciones, antífonas, ora ... dones, responsorios, etc., completamente distintos de los preceptuados para hoy por la Iglesia no se duda en admitir el adagio Officium pro Officio, juzgamos que, por lo menos a pari, se puede admitir su complemento Hora pro hora. Si a ello añadimos que, por causa leve y aun levísima, se puede cambiar el orden y tiempo de las diversas partes del Oficio, de modo que Completas se rece a primeras horas de la mañana o Prima a la noche, quitando así el significado que cada Hora podría tener en particular, no tan misterioso como a algunos ha parecido, sinceramente creemos que quien; con intención de cumplir la ley eclesiástica, erróneamente dice dos veces Sexta en lugar de Nona, satisface a la misma, no porque, si está ocupado en trabajos, por epiqueya se puede pensar que la Iglesia, óptima madre, le dispensa de rezar lo omitido, como afirma BERARDI, sino por el principio general de que una Hora vale por otra. Hora pro hora valet (26).. No es procedente negar el axioma por algunas consecuencias manifiesta– mente erróneas que de su irracional aplicación podrían deducirse. Lo que importa es concretar y especificar su ámbito. Admitida la sentencia que propugnamos, no por eso decimos que puede afirmarse qU,e siempre tiene aplicación el mencionado adagio. Débese· sope– sar la inconveniencia que de tal cambio resulta conjuntamente para las tres. notas que antes expusimos : cuantía, cualidad y forma. (2·6) Plácenos sef\alar que para L0TANO-GRIZZANA la sentencia opuesta no es cierta y pnre11t1· no pasa de los !lmites de la probab!lldad, sobre todo, si se trata del cambio de Horas iguales o casi Iguales (Jnstitutwnes Theologiae Mora/is, vol. III [Taurinl, 1937], n. 1>18, p. 686). A. BE• RMrnr, después de no admlt,ir el principio llora pro hora, añade: "SI tamen gravibus occupa– tionibus sacerctos urgeretur, rorsan praesumí posset quod Ecclesla,.,. huius ínculpabills errorls Jntuitu •et ,1aboris iam aequlvalenter In oratione tolera\!, 11,lum ·dispensct" (Pra,ris Con{e.ssa– riorum, vol. III, ed. 4.• [Faventlae, 1905], n. 374, ,p. 155 s.). Terminado este traba.Jo hemos ojeado un l!bro reciente del renombrarlo canonista P. REGATJU.o, intitularlo De Sta ti bu.~ Par• tir:11.taribus Tracto.tus (bantandcr, 1954), en el que, h-atilando de e.r-ta cuestión, escribe: "Valetne hora pro hora. Hoc cornm11nit.-0r roiicittrr, quia sic non servur·etur substantla et forrn.a offlclL Al nobis non vweretur lmp1·obab!le; siquielem: a) Quoad numerum omnes horae canonlca& recitantur; b) Ecclesia potius quantitatem quam qunllt.atem att.enrlit; ,e) Adm'.ttitur axioma: "Error corrig·ltur, ubi aeprehendllur", quare hoc non valeat de erro.re circa horam?; d) Qul ex errol'e recitavlt hodle officium crastinun, J)'Oterlt cra's lrlem offlcium re,petere et sic obl'.ga– tlone sattsracit. Quare non s,ausruciet qui bis recitavit eamctem horam, saltem si llora rrpetltl! 5it e:us,dem rere extenslonls et st.ructurue ac omlssa? Si lloc admlttatur, qui bis recitava '1 r•rtiam loco sextae, non tenebltm• recitare sextam. Ecclesia non vl,detur veue tanto rigor!! procedere" (n. 73, p. 85). - 11 --
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