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LA PRINCESA JUANA DE CASTILLA 265 Consta que Juana emitió su profesión en Coimbra el miércoles 15 de no– viembre de 1480. La documentación notarial recoge con minuciosidad los tres momentos sustanciales de dicho acto: 1. Actos jurídicos iniciales. En el coro del monasterio, estando en la parte de dentro la abadesa y las religiosas, y en la de afuera Fr. Fernando de Tala– vera y el doctor Alfonso Manuel con sus notarios y testigos, tuvieron lugar los siguientes actos: - Presentación de los procuradores y sus poderes - Primer escrutinio sobre el año de noviciado. - Testimonio de las religiosas sobre la libertad de la profesante: ella de su agradable voluntad hacía la dicha profesión 32 . 2. Identidad de Juana y profesión. En las gradas del coro alto, estando en la parte de fuera el príncipe don Juan y el obispo de Coimbra Juan Galvan, y dentro de las gradas doña Juana, vestida en hábito de freira, fue reconocida por los notarios y testigos, así como por los legados y procuradores castella– nos. - La comunidad la admite a la profesión. - Juana declara que profesa sin coacción y anula toda protestación. - Pofesión en forma de derecho, con esta fórmula: ''Y o, doña Juana, prometo a Dios, e a Sancta María siempre virgen, e a San Francisco, e a Sancta Clara, e a todos los sanctas, de biuir todo el tiempo de mi vida en obedien~ia y syn propio y en castidad debaxo de esta Regla, dada y otorgada a nuestra Orden por don Urbano papa quarto, e otrosí, encerrada siempre assí como es ordenado en esta misma Regla". La abadesa dijo que ella la recibía 33. - Misa del Espíritu Santo y velación solemne 3 4 . - Abrazo de paz de la comunidad a la nueva profesa. - Acta notarial en redacción portuguesa y castellana 35_ 32 Testigos: Fr. Andrés, compañero de Talavera; Cristóbal de la Concha, capellán de Isabel; Rodrigo Vélez y Juan Vaca, criados de Alfonso Manuel. Actuaron Alonso Garcés, secretario y Al– varo Díaz, notario. 33 Nótese que Juana no cambió de nombre al profesar. Se la nombra siempre como sobrina del rey de Portugal; ni mujer, ni infanta, título que le había concedido Alfonso V. Profesó la regla de Urbano IV y según la misma deben interpretarse diversos episodios, como la clausura. 34 Todos los detalles de esta profesión tienen un gran valor litúrgico y se prestan para una gran escenografía. 35 Reviste gran interés histórico la larga lista de testigos, por parte portuguesa y castellana.

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