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P. Anselmo de Legurdu.-El Licenciado D. Juan de Beriain 13 se le manda al abad "repare la iglesia de Olandain, que es la pa– rroquia antigua" (46). Julio Altadill (47) aduce varias causas del repetido fenómeno de despoblación: guerras, incendios, devastaciones, epidemias, tri– buto~ onerosos, excesiva aglomeración de poblados. La traslación y consiguiente despoblación de uno de los luga– res de nuestro abad obedeció a razones distintas. Las conocemos por el propio Licenciado Beriain. En la exposición de marzo de 1600 (48) alégase, para justificar el traslado, que Olandain y Uterga son un pueblo y un concejo, más la incomodidad del puesto y t>itio de Olandain, y la convenion-• cia de que los oficios se celebren en Uterga y no alternando (49). A la muerte del Bachiller don Juan de Beriain, al tomar a cuestas el Licenciado la administración del traslado, volvía a re– cordar (50) auc años atrás se babia llegado a aquel acuerdo para ,,on un concejo, y los términos comunes, y ~--terrrnñun abad, y las igLt>ias de los dicl ~:3-tngares se tenían por una, Y, p~-l: 1c a iglesia de Olandain, se había de hacer que acudiesen todos los vecinos y habitantes a oír los oficios divi·· nos y recibir los sacramentos a la dicha iglesia, no por semanas, alternando, yendo los de Uterga a Olandain y los de Olandain a Uterga, por s2r de grande incomodidad, y el pueblo se excusase la costa que había de tener la nueva iglesia que se pretendía hacer e:n medio de los dichos lugares. La costa, razón principal, a lo que parece, se puntualiza en do– cumento de 1611 (51), donde tornan a recordar que ambos lugares son un conce~o, y los términos comunes, y añaden que tenían un (46) ULN, fol. 11 l. Las partidas matrimoniales de otro libro parro– quial siguen encabezándose "en el lugar de Uterga Olandain" toda– vía en 1665. (47) Los despoblados ... , "Boletín", 8, 1917, 114.-115. (48) ULN, fol. intercalado entre el 32 y el 33. (49) La última razón, explanada más adelante, sugiere a ci;ialquier lector moderno una pregunta: en vez de trasladarse cada pueblo al otro, lpor qué no binaba el crbad? Mas no presumamos de agudos por nuestra solución, pues ya en las Constituciones Sy:nodales de 1591, fol. 106 r. 0 , se renovaba una antiquísima disposición: "Que el que tu--– viere dos beneficios unidos teni:es, pueda decir dos misas en un día". Y al propio tiempo se recordaba que "en nuestro Obispado hay algunas iglesias muy tenues unidas, y tan tenues y cerca una de otra que CÓ•· modamente se pueden servir por un clérigo y ninguna de ellas se puede por sí sustentar". Por consiguiente, la binación, si era posible, no de– bía de resolver el problema. (50) ULN, fol. 42 r.O (5 ll ULN, fol. 66 r. 0

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