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204 EULOGIO ZUDAIRE HUARTE BAP, XLV 1-2 En sesmn de 2 de marzo se confirma lo resuelto, por 11 votos contra dos, y se acuerda suplicar al monarca la rtecesaria licencia 42 • Cuando, merced a la diligencia de los comisionados premonstra– tenses y a la cooperación eficaz de no pocos voluntarios, iba de avanza– da la reparación del convento de Urdax, presentóse en Loyola el Rdmo. P. Superior General (o General Reformador) que, entre otros decretos o relictos, firmó el 10 de agosto de 1805 uno por el que se prevenía que, antes de trasladarse los religiosos, debían estar concluidas, de acuerdo con el artículo 164 de las Constituciones, todas las celdas y oficinas; y, en atención a su seguridad personal, informarse nuevamente sobre la solidez y consistencia de los muros primitivos. Y de todo esto y del total proyecto de la obra dar cuenta detallada a sus súbditos. En obedecimiento de lo cual, y aun cuando constaba por testimonio feha– ciente de la robustez de la cantería, comisionó el abad Sanzberro al religioso. sobrestante, Antonio de Arróspide, para recabar nueva certifi– cación del maestro de obra. Y el maestro de obra, don José Poudez, certificó: que «a instancia de don Juan Antonio de Etchevers y don Antonio Arospide, canonigos premonstratenses de Urdax, cito (por sito) en heste dicho Reyno, cuio Monasterio fue totalmente incendiado y abrasado por las Tropas Enemigas en la ultima guerra contra la referida Francia: he visto y reconocido... todas las obras que en él se están haziendo... y en particular las paredes maestras... las que allo mui solidas y permanentes, de modo que se pueden asentar los armazones de madera para sostener el cubierto o techo... como assi bien los puentes o frontales para los suelos de las habitaciones... » 43 • Por evitar discusiones bizantinas, excusó Sanzberro dar una referen– cia detallada del proyecto, pues en reuniones anteriores no había faltado quien se empeñara «en que se adoptase en Urdax una obra superior a los fondos del Monasterio, nada conforme a los sentimientos de la verdadera pobreza religiosa y aun contra lo que dispone ntra. Constitu– ción al número 194, «Ne fiant sumptuosa aedificia». Y volver a tratar lo que por dos veces se había acordado en capítulo local, «sólo podría 42 Respuesta del General Reformador o Superior General, P. Diego Rodríguez Mendo, desde Retuerta 20 de febrero de 1805 (orig.); certifica los dos acuerdos de la comunidad de Loyola su secret.º Francisco Antonio Morón, que se remite al «Libro de Acuerdos de San Salvador», fol. 90: Col. Lec. 43 Elizondo, 21 de junio de 1806. «Jph. Poudez, Arqto» (rb). Ante mí, Jph Estevan de Zelayeta, esno(rb)»: Col. Lec.

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