BCCCAP00000000000000000001169

BAP, XLV 1-2 LOS PREMONSTRATENSES DE URDA.X 189 hallarse en los dominios y jurisdicción de la república francesa. (Desde 1802 interviene en ella sin discusión, el obispo de Bayona). No bien recibidos los precedentes informes y a respuesta que, en nombre de la comunidad premonstratense de Urdax remitió el procura– dor general de su Orden, propuso el Real Consejo su parecer al monar– ca, en consulta de 14 de junio de 1797; y en sesión de 28 de julio del mismo año, «se acordó expedir esta mi Real Cédula para que sirva de título a dhos.Religiosos, por la qua! concedo a los Regulares Premons– tratenses de Sn .Salvador de la Villa de lJ rdax el Colegio de Sn.Ignacio de Loyola y su Huerta, por aora, y sin perjuizio de trasladarse al antiguo Monastº en el caso de hallarse esta Comunidad con posibles para su reedificación o que el dho. Pueblo o los demás de su Dezmatario se los faciliten y lo pidan». Adjudica .:. dichos religiosos las rentas con sus correspondientes cargas espirituales, amén de «los seis mil reales anuales para los precisos reparos del edificio del Colegio, que deberán cuidar con esmero; igual– mente mil ducados, por una vez, para los gastos urgentes y necesarios que se ofrezcan en la habilitación de dha.Casa, antes de que estos Religiosos entren a ocuparla». Se deja a discreción del obispo de Salamanca, gobernador del Consejo, a fuer de superintendente general del ramo de temporalidades (bienes de los expulsos), la entrega de las alhajas que estimare oportuno para el ejercicio del culto. «Que así es mi voluntad. Dada en San Ildefonso a catorce de Spbre. de mil setecientos noventa y siete años. Yo el Rey» 16 • En el santuario de Loyola A consulta del vicario de Urdax, don Agustín de Sanzberro, sobre las preguntas que han de formularse al postulante Eugenio Irigoyen, antes de admitirle a la vestición del «cándido hábito» de la Orden, responde desde Loyola, con fecha de primero de febrero de 1798, su abad; «NOS, Dn.BARTHOLOME JUSUE Y BORDA, Abad por su Magestad (que Dios guarde) vere nullius de Urdax y Zugarramurdi, en el 16 Escribanía Je gobierno del Consejo. «Yo Dn. Sebastián Piñuela, Secretº del Rey Nro. Sor. lo hice escribir por su mandado. Registrado Josef Alegre; Te. de Canciller Mr. Josef Alegre. D~rechos, sesenta reales y medio de vellón. Phe. Obispo de Salamanca. Dn. Josep Ramon de Arce. Dn. Juan Antº Pastor. El Conde de Pinar... » (copia): Col. Lec.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz