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188 EULOGIO ZUDAIRE HUARTE BAP, XLV 1-2 permanencia y del traslado a Loyola; atención pastoral en sus vicarías parroquiales. Habrá de consultarse asimismo al señor obispo de Pamplona por si concue_rda con su predecesor. Responde el regente de Navarra, en oficio de 15 de abril, que los vecinos de Urdax y Zugarramurdi tienen por ventajosa la instalación temporal en Loyola, no sólo por haber sido reducidos a cenizas el monasterio con sus pertenencias, «blanco del encono de los enemigos», sino por haber sido el monasterio «motivo de las desgracias e infortunio que habían sufrido» los vecinos de la villa, que perdió en el incendio 49 casas vecinales, 21 de segunda clase, 25 bordas, el cuartel y una tejería. Agravóse la precaria situación de los premonstratenses con la pérdida reciente de 20.000 plantas de árboles bravos por culpa del fuego; «siendo casi moralmente imposible reparar los daños ni poder hacer cálculo del costo que tendría poner el Monastº en el pie en qué estaba». Según dictamen de los dos peritos que envió Colomera a examinar las ruinas, podría calcularse en más de 100.000 pesos la obra de restau– ración del edificio monacal, dando por seguro el aprovechamiento de los cimientos y el de la piedra de los muros enhiestos; «y en igual conformidad y disposición habían quedado las demás casas y edificios de aquella Villa por el incendio hecho por los franceses». Los pobladores de Zugarramurdi, que no corrieron mejor suerte que los de Urdax, convienen con ellos en señalar el monasterio como blanco de las iras galas «por la hospitalidad que daban a sus emigran– tes»; y en que «su abad y monjes estaban expuestos a ser víctimas de los descontentos, por su proximidad». Ambos vecindarios esperan vivir con mayor sosiego y seguridad con el traslado a Loyola; pues, sin la comunidad premonstratense, no volverán a desatarse contra ellos las furias del adversario fronterizo. Responde por su parte el obispo de Pamplona, Ilmo. Igual de Soria, que las cuatro parroquias dependientes antaño del monasterio de Urdax, en el valle de Baztán, habían sido erigidas, como los otros curatos, en perpetuas colectivas, destinadas a presbíteros seculares; y que los planes beneficiales de las de Eugui, Urdax y Zugarramurdi se estaban instruyendo a toda marcha, con intención de elevar consulta inmediata a su majestad, de acuerdo con la real cédula de 30 de noviembre de 1786. Respecto de la de Añoa (o Ainhoa), nada se había gestionado por

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