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BAP, XLV 1-2 LOS PREMONSTRATENSES DE URDAX 187 don Antoni,J Corta; misa de cabo de año, con su responso, de 8'50 reales, por e: alma de doña Mariana de Austria, fundadora y patrona del colegio; cirio con las armas reales, en reconocimiento del real patronato, el día de S;m Ignacio... Quedal:a Ln rendimiento líquido, sin contar el de la huerta no tasado en e_ plan de 1769, bien sustancioso de 175.189 reales y 11 maravedíes de vellón anuales. Conclu-{e don Manuel Doz que no hallaba inconveniente en aco– ger a los canónigos norbertinos de Urdax, con tal de que se respetasen los gajes del real patronato y las reservas y derechos reconocidos a favor de los marque5es de Alcañices; ni en que, de acuerdo con el. señor obispo de P1mplona, se les confiaran las reliquias, alhajas de primera y segunda clase y demás efectos conducentes al mayor esplendor del culto y devoción de los fieles; como tampoco en traspasarles el cuidado y cultivo de k huerta, «para ensanche, desahogo y alguna utilidad de los religiosos». Toda trasferencia deberá hacerse por escrito, debidamente autorizado. Al Real Consejo se remite para la consignación de los 11.000 reales de deterioro; causados por la tropa en los edificios; y de alguno de los juros habrár: de descontarse los cinco o seis mil reales anuales necesa– rios para su conservación. Los premonstraténses habrán de continuar con la entre 5 a de las 100 fanegas de trigo, «salvo que S. M. agravase el donativo en atención a usufructuar los religiosos toda la huerta». El sobnnte de las rentas del colegio debería refundirse con los demás bienes de temporalidades, «para atender en general al pago de anualidades de los ex jesuitas, que existían más de dos mil, y a las demás carga;; y obligaciones de justicia que tenían estos fondos». Real resolución En sesi:)n de 27 de enero de 1796 determinan los mm1stros del Real Consejo de Castilla ordenar al virrey y regente del de Navarra que, después de 'JÍr a los vecinos de Urdax y de Zugarramurdi acerca de la solicitud presentada por aquellos canónigos, informe con puntual noti– cia sobre el estado en que habían quedado monasterio y fincas adscritas y sobre el coste de su restablecimiento; inconvenientes y ventajas de la

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