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156 seguro del Derecho Internacional, la Iglesia, por boca del Papa Benedicto XV, en su Exhortación « Allorche fummo » a los pueblos beligerantes y a sus dirigentes, de 28 de julio de 1915, exponía como base de la paz esa misma doctrina. 11. Los Tratados internacionales Ese espíritu favorable a los derechos de los pueblos o grupos y mino– rías nacionales, se plasmó en los diferentes Tratados de la postguerra. l. 0 Tratados de Minorías. 1) El modelo de todos esos tratados fué el Tratado entre las princi– pales Potencias Aliadas y asociadas con Polonia, firmado en Versalles el 28 de junio de 1919. 2) El Tratado con el Reino de los Servios, Croatas y Eslovenos, fir- mado en Saint-Germain el 10 de septiembre de 1919. · 3) El Tratado con Checoeslovaquia, firmado en Saint-Cermain el 10 de septiembre de 1919. 4) El Tratado con Rumanía, firmado en París el 9 de diciembre de 1919. 5) El Tratado con Grecia, firmado en Sevres el 1Ode agosto de 1920. 6) El Tratado con Armenia, firmado en Sevres el 10 de agosto de 1920: que no está en vigor porque Armenia perdió la independencia. 2. ° Capítulos especiales incluidos en los Tratados generales de paz o en otros tratados. 1) El Tratado de paz con Austria, firmado en Saint-Germain, en Laye, el 10 de septiembre de 1919 (parte III, Sección V, arts. 62-69). 2) Tratado de paz con Bulgaria, firmado en Neuilly-sur-Seine, el 27 de noviembre de 1919 (parte III, Sec. IV, arts. 49-57). 3) Tratado de paz con Hungría, firmado en Trianon, el 4 de junio de 1920 (parte III, Sec. VI, arts. 54-60). 4) Tratado de paz con Turquía, firmado en Lausanne el 24 de julio de 1923 (parte I, Sec. III, arts. 37-45). 5) Convenio para el territorio de MEMEL entre Gran Bretaña, Fran– cia, Italia y Japón con Lituania el 8 de mayo de 1924 (art. 11 y arts. 26 . y 27 del estatuto anejo).

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