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El derecho a la instrucdón. primaria en la lengua materna ante el derecho internacional positivo l. Formación del ambiente doctrinal ·11•~U'"II A hacía mucho tiempo que el ambiente doctrinal del Derecho 1 . ~ Internacional venía incl! nándo.se hacia el respeto de los dere- 1 chos de los grupos nacionales. 11 La a intervención de humanidad», la decadencia del prin- cipio de no-intervención, 1a adhesión de los espíritus científlcos a la pri• macía del derecho internacional y del derecho natural sobre el derecho estatal, la gradual desaparición del dogma de la soberanía absoluta del Estado, habían contribuído a la formación de ese ambiente doctrinal en favor de la lengua materna de los grupos nacionales. En 1915, la « Organización central para una paz duradera» elaboró en La Háya un programa mínimo que en el punto 2 garantiza a cada na– cionalidad el libre uso de su lengua propia. El respeto a los derechos de los grupos y minorías nacionales, es uno de los fundamentos principales de 1a paz en la Nota de los Aliados a las Potencias enemigas, del 30 de diciembre de 1916, y en la Nota de los mismos al Presidente Wilson, de 10 de enero de 1917. Ese mismo respeto es una de las bases del Pacto de la Sociedad de Naciones· en el segundo proyecto (primero de París) del Presidente Wil– son, de 10 de enero de 1919, y en el tercer (segundo de París) Proyecto de Pacto de Witson. El Presidente Wilson, expuso ese mismo fundamento y doctrina en un gran discurso en 1a Sesión Plenaria de la Conferencia de la Sociedad de Naciones de 31 de mayo de 1919. El mejor custodio e intérprete del Derecho Natural, y orientador

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