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CONSEJO DEL CONFESOR Y GRAVE INCOMODO EN EL AYUNÓ\ I. Argumentos en favor del incómodo subjetivo, La Constitución, que, al hablar de los enfermos (norma II), de sacerdotes sanos que viven coyunturas especiales (norma III) y de los sace.r-•· dotes y fieles que celebran o comulgan en las misas vespertinas (11orma VI') sílencia en absoluto el grave incómodo, lo anota a'1 tratar de los fieles que se hallan en peculiares condiciones y en forma c¡ue parece excluir el incó– modo objetivo, pues dice: "Christifideles... qui ob grave inco'l~m,odum... ad EucharisticCtlln mensCl)m omnino ieiuni adire nequeant... hac p 1 erdurant.e. nf!cessitate, aliqitid sum,ere possu,nt ... " ( 105). La Instrucción repite que cüantos por un grave incómodo no pueden, observar el ayuno pueden tomar algo per modum potus (106). Y para que, ninguna duda quedase, en el número siguiente afirma que las caiusas deí'r serio inconveniente son tres (107), distinguiendo así entre éstas y aquél,. advirtiendo implícitamente que se requieren los dos. Tanto más es esto de· advertir cuanto que en el texto oficioso de "L'Osservator•e Romano" del I I de: enero de 1953 se decía: "Casus autem, in quibus grave ~ncom,modum ha– betur, tres enu,me.rantur", que parecía favorecer al incómodo objetivo, y i::uyo texto fué cambiado en el siguiente: "Causae autem gravis incomm,odf tres enumerantur" (Io8), en donde netamente se distinguen las causas dd: incómodo que de ellas proviene. Además. como ya antes advertimos. el incómodo tanto en moral conm· en derecho, es algo primordialmente subjetivo. Podráse discutir si la ley lo exi'ge o no; pero, probada su existencia, mientras no conste lo contrario, se debe presuponer que el legislador en este documento ha empleado los términos con la significación propia y corriente. En fin, la causa segunda, la hora tardía, es algo subjetivo por lbs ejemplocs que el Santo Oficio aduce; v. gr., el ele los niños que por supo– sióón pueden entrar a la escuela antes de las nueve y les es difícil a cada uno ir a comu~gar y volver a casa a desayunar antes de ir al colegió (109). laboro debilitante púo prendere qualche bevancra fino .ne! un·ora prima di. comuntcarsl, Sl'l' prova grande incommodo--riconosciuto da! conressóre-acl osse,rvare completamente. il digiuno-" (A. A. s., 45 [1953], 80,9, n. 340 bis, 2), (105) Const., norma V, p. 22 (n. :.lsf (106) "Fidelibus pariter, qui non infirmitatis causa, sect. ob altud gr,wve. incommodum" lei\lll!um eucharistlcum servare nequeunt, .aliq.uid sumere Hcét. per moclum .potus, excepUlll• tamen alcoholicls et servato ieiunio unius horae ante sacrao communioni.s receptionem!'" (Jnst., n. 9, p. 49). 1107) Jnst., n. 10, p. 49. 1108) Inst., n. 10, p. 49. (109) Inst., n. 10 b, p. 49. Más ade1ante ex.plioaremos este mime.ro dán(io!e eL alcance qoo , rea:mente posee.

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