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Las constituciones capuchinas de 1552 225 comedor ' 65 ; inexistencia de la obligatoriedad jurídica del testamento del seráfico padre 66 • Hay también algún elemento nuevo: la con(ir– mación de los vicarios provinciales por parte del superior general 67 • Pero el recinto más importante es el de las supresiones: de menor cuantía algunas; de notable importancia otras. Entre las primeras anotamos: la mención de la Santísima Trinidad, como fundamento de la triple lectura anual de los cuatro evangelistas 68 ; la consideración sobre la incomprensible sabiduría de Dios, antes de la prohibición de dedicarse a estudios vanos e impertinentes y de la invitación al conocimiento de la sagrada escritura 69 ; la exhortación a la observancia santa y espiritual de la regla 7 ,o; la propia encarnación de la vida de san Francisco, si se desea pertenecer a su familia religiosa 71 • Se encuentran dos supresiones que merecen especial atención. Los estatutos de 1536, exponiendo la minoridad que los capuchinos deben vivir, presentan tres números: ejemplo y doctrina del seráfico padre (n. 7); renuncia al privilegio de la exención (n. 8); obediencia a toda criatura que muestre el camino del Señor (n. 9). El primero hace las veces de preámbulo para los dos siguientes. El santo patriarca contemplaba a Dios en todo ser creado, especial- 65 Const. 1536, n. 1 (al final) y 2; Const. 1552, n. 1 s. 66 « Si ordina che da tutti si observi el Testamento del Padre nostro san Francesco » (Const. 1536, n. 6); « Essortiamo che da tutti si osservi il Testa– mento di esso Padre nostro » (Const. 1552, n. 6). 67 « Medesimamente i Vicarij provinciali si presentino, over mandino dal nostro Padre Vicario generale per la sua confirmatione; et in que! mezzo che viene la risposta della confirmatione, possano essercitare gli officij loro come Vicarij eletti » (Const. 1552, n. 10). Ya Clemente V trata del tema (CLEMENS V, Exivi de paradiso [6 mayo 1312], en Seraphicae legislationis textus originales, Ad Claras Aquas 1897, artículo 19, n. 1, p. 257). '68 « Si ordina che ad reverentia de l'altissima Trinita si legano in ciasche– duno loco tre vo,lte l'anno li quatro Evangelisti: cioe ogni mese uno» (Const. 1536, n. 1); « Si ordina che ogni mattina, salvo che il venerdi, in ogni luogo si legga alla mensa una lettione dell'Evangelio sacro» (Const. 1552, n. 1). 69 Const. 1536, n. 4; Const. 1552, n. 4. Véase el texto paralelo casi al finaliza,r nuestro estudio. 70 « Perho essendo la Regula nostra clarissima, acio piu puramente, sancta– mente et spiritualmente si observi, si renuncia a tutte le glose [...] » (Const. 1536, n. 5); « Pero essendo la Regola nostra chiarissima, accioche piu puramente si osservi, si rinuntia a tutte le glose [...] » (Const. 1552, n. 5). 71 « Se sete figlíoli di Abraham, fate le opere di Abraham; casi se siamo figlioli di san Francesco, faciamo le opere de san Francesco. Perho si ordina [ ..•] » (Const. 1536, n. 6); « Se sete figliuoli di Abraham, fate le opere di quello; pero si ordina [...] » (Const. 1552, n. 6). Laurentianum - An. XXI 13

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