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Las constituciones capuchinas de 1552 213 adiciones. y supresiones que se advierten en ellos con relación a los anteriores de 1536 u_ Una vez conocido el texto, los historiadores por una parte y no pocos autores de trabajos particulares por otra, lo mencionan; pero todos, de modo muy sucinto. Entre los primeros cabe destacar a Melchor de Pobladura y Lázaro de Aspurz 27 • Y. entre los regundos, a Remigio de Alosto, Constando de Aldeaseca, Marino de Neukirchen y Demetrio Manousos 28 • Pero de ellos se desprende la inexistencia de un estudio suficientemente amplio sobre la primera revisión de las constituciones de 1536, realizada en 1552. II. CONTEXTO HISTORICO-JURIDICO En 1552, la orden capuchina, a pesar de las grandes dificultades que ha vivido y una vez superadas las consecuencias de la apostasía de su general Bernardino Ochino de Siena, se encuentra nuevamente reforzada. Sus 2.500 religiosos no pueden vivir ya totalmente del mismo modo la realidad concreta del ideal primitivo. Y se estima conveniente una remodelación de sus primeras solemnes normas legales de 1536 29 • No a todos agrada la idea. Una refundición tan cercana de la ley fundamental anterior, se piensa, está en contradicción con el espíritu de los mismos estatutos, que exhortan a los frailes a no cambiarlos, ni siquiera en los capítulos generales, a causa de los efectos nocivos que tales mutaciones proporcionan a las órdenes 2'6 Véase la obra citada en la nota anterior, p. 352-355. 27 MELCHIOR A P0BLADURA, OFMCap., Historia genera/is ordinis fratrum mino– rum capuccinorum, pars prima 1525-1619, Romae 1947, p. 113 s.; LAZARO DE AsPURZ, OFMCap., Manual de historia franciscana, Madrid [1954], p. 314 s. 28 REMIGIUS AB Awsro, OFMCap., De oratione mentali in ordine fratrum minorum capuccinorum, en Collectanea franciscana 3 (1933) 58-60: CoNSTANTIUS AB ALDEASECA, OFMCap., Natura iuridica paupertatis ordinis fratrum minorum capuccinorum ab anno 1528 usque ad annum 1638, Romae 1943, p. 38 s.; MARINUS A NEUKIRCHEN, OFMCap., De capitulo generali in primo ordine seraphico, Romae 1952, p. 49, 68, 124 s., 147... ; D. MANousos, OFMCap., Capuchin legislation, 1537-1552, en Round Table 11 (1945-1946) 45-56. 29 Cf. CuTHBERT [0F BRIGHTON], OFMCap., The capuchins, vol. I, London [1930], p. 17-169; MELCHIOR A P0BLADURA, O. C., p. 72-80, 95-98; LAZAR0 DE ASPURZ, o. c., p. 306-315; Brevis conspectus evolutionis ordinis fratrum minorum capuc– cinorum quatuor saeculorum spatio, en Liber memoria/is (véase nota 20), p. 329-332.

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