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Las constituciones capuchinas de 1529 401 tender, el estudio de las fuentes nos debe llevar a la admisión de los dos hechos clave: la oelebración del capítulo de Albacina y la exiistencia de las constituciones de 1529 56 • II. EDICIONES Las ordenaciones de Albacina no se imprimen durante todo el siglo XVI. Es Boverio quien primero y en latín las publica en sus anaks de la orden capuchina. Ail ser muy limitada su existencia jurídica (has:ta 1535-1536), los ejemplares manuscritos no se extien– den seguramente demasiado. Pablo de Foligno narra cómo Ludo– V1ico de Fossombrone entrega una copia de las mismas a Bernar– dino de R!eggio Calabria (16 agosto 1529), con el fün de que se la 11eve a su región, para servicio de los primeros capuchinos allí establecidos 57 • En concreto, dos son las versiones fundamentales que han lle– gado hasita nosotros de los primeros estatutos de la nueva reforma: la propuesta en italiano por Matías de Saló en su crónica ya cono– cida, y la edición lati11;a presentada por Bovenio en sus anales, en traducoión realizada por él de un texto italiano. Todas las restantes ediciones no hacen más que presentar o traducir alguna de estas dos versi:ones. En realidad, la primera redacción de las constituciones se hace en latín por Pablo de Chioggia. Así lo afürman Mario de Mercato Saraceno 58 , Pablo de Foligno 59 y Matías de Saló 60 , quien añade que 56 Modernamente la redacción de la revista L'Jtalia francescana ha escrito: « Ed infatti se Teofilo Graf ofmcap ha sostenuto che prirr:a del 1536 i frati cap– puccini non avrebbero avuto costituzioni scritte, la sua teoria ha quest'anima di verita, che le costituzioni di Albacina in fondo non sono che percezione carismatica tradotta in ordinamenti operativi provvisori, rimessi "alli piu intel– ligenti e di mig!ior giudicio" » (L'Italia francescana 53 [1978] 10, en nota). 57 « Questo accordo fu fatto l'anno 1529, allí 16 di agosto, e fattone scrittura publica, nella quale fu inserta a pieno la bolla de privilegi de Padri Camal– dolensi. Diede il Fossombrone a F. Bernardino copia authentica del predetto istrumento et accioché si potesse da lui e dagli altri accettati [... ] [sic] gli diede ancora copia della bolla della Congregazione e delle constitutioni di Al– vacina, et un capuccio » (PAULUS A FoLIGNO, Origo et progressus, p. 305s.). 58 Véase el texto correspondiente a la nota 9. 59 Véase el texto correspondiente a la nota 30. 60 Véase el texto correspondiente a la nota 23.

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