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so organizándolo, en la Curia General y en las Curias de las Provincias más 111ume– rosas, en forma de dicasterios con autoridad delegada habitual para determinados com– pos); b) con un asesoramiento más siste– mMico por parte de los inferiores respecti– vos y de cuantos ,por su particular compe– tencia puedan estar en grado de orientarlos, como también de los mismos interesados antes de tomar decisiones que les afectarán mucho ... 3) Regulación más adecuada de la je,rar– quía de poderes, estableciendo mejor equi– librio entre las tendencias, ambas muy actuales, a la centralización y a la descen– tralización. Criterios: a) Descentralizar más las materias· para cuya adecuada solución práctica cuenta sobre todo el conocimiento exacto ere la realidad concreta y el sentido de responsabilidad en la aplicación; b) Cen– tralizar más aqueUos poderes o iiniciativas que, por afectar a valores o intereses más graves y vitales de las Provincias o de la Orden entera, reclaman una mayor pondera– ción o un control superior, o para su ejecu– ción adecuada necesitan una dirección más general o una visión más amplia de conjunto. Quedan todavía otros problemas o puntos referentes a nuestras estructuras juddicas, pero el tiempo disponible termina, Y el P. Tomás concluye llamando la atención sobre la importancia de este tema, que algunos en la coyuntura actua'l consideran acaso de escasa trescendencia para una Orden tan carismática como la ITTuestra o en tiempo de tantos antijurididsmos como el actual; pues de una adecuada disposición de las estructuras jurídicas, sobre todo de las referentes al ,gobierno, depende en gran parte la confección de leyes oportunas y su aplicación, como también su corrección y reforma, y en general gran parte de la vida de la Orden. El diálogo: Lo dirige un jurista, el P. Baltar. Pero la falta de tiempo no permite desarrollarlo apenas. 1) Oondicilón jurídioa de los Hermanos. El ponente pide el parecer de los congre– sistas sobre la tesis propuesta en la ponen– cia. Las respuestas que surgen son funda– mentalmente favorables. El primero que 64 habla, se dice de acuerdo, e.n general, pero pregunta si de la misma manera no habría que conceder también plena voz activa y pasiva a los coristas, al menos a los subdiá– conos o diáconos. -Se responde que en ge• neral no se suelen conceder estos derechos, que significan particulares responsabilidades de dirección y maITTdo, a quienes todavía están en período de formación: el superior debe ser el educador o director nato de la comunidad, y no parece congruente, en línea de principio, que un educa,ndo pueda ser al mismo tiempo educador o director de sus iguales. --Dtro añade que la cuestión puede tener sentido si el diaconado Uega a ser, también entre nosotros, un estado más o menos permanente o duradero; pues enton– ces también los diáconos deberían tener pl-e,na voz activa y pasiva. Alguien pregunta qué razones pudo tener la S. Sede para intervenir en nuestra Orden en el sentido de aumentar su clericalización restringiendo los derechos de los Hermanos. -Se responde que seguramente lo hizo pre– cisamente por ese clericalismo que ahora se le achaca ta,nto, con la intención, al mismo tiempo, de nivelar cada vez más todos los institutos religiosos; en este punto pudo tener también su no pequeña influencia el hecho de que en la S. Congregación de Re– ligiosos hayan predominado religiosos per– tenecientes a Congregaciones Clericales (jesuitas, claretianos ... ). -Hay quieITT agre– ga que la S. Sede, efectivament:e, siempre ha tendido, en los años anteriores al Con– cilio, a tomar posición contra los Hermanos. En reaUdadi no hay peligro de que S'e elija para superior a un Hermano inepto, porque a quien aparezca como tal illo se le dará voto. -Otro pregunta si no seria convenien– te establecer expresamente que, p.ej. , en cada discretorio haya un Hermano como representante de los demás Legos. -Res– puesta: No, porque elfo mismo insinuaría una división de Padres y Hermanos: hay privil:e,gios que s-on más bien u.na ofensa. Esto lleva a otro aspecto de esta proble– mática. Pues alguien añade a lo anterior: -Por esta misma razón se puede dudar de la convenLencia de eolegios de formación propios para Hermanos; pues, aunque se proponen con la mejor voluntad de procurar– les una más completa y apropiada forma– ción, de hecho son una matTiera de distin-
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